Indemnización en «Casados a primera vista» por cese de contrato

Doménico Chiappe MADRID / COLPISA

SOCIEDAD

Un concursante reclama por considerarse un «actor»

18 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Más de dos millones de personas vieron en el 2016 cómo un puñado de hombres y mujeres que no se conocían, pero que habían sido declarados como «compatibles» por una serie de tests, se casaban ante las cámaras en Cancún, a orillas del mar. A partir de ese momento, en Casados a primera vista los participantes convivían bajo los focos de la televisión las 24 horas del día. Un reality show de la productora Boomerang para Atresmedia. En esa edición, los matrimonios fracasaron sin sorpresas. La única se la llevó la productora, cuando recibió la notificación de una demanda por parte de un concursante. El arquitecto Pedro reapareció en tribunales para demandar a la productora al considerar que la rescisión del contrato, firmado en octubre del 2015 y vigente hasta el primero diciembre de ese año, merecía una indemnización por despido. De nada sirvió que cuatro días después suscribiera un segundo contrato de trabajo por obra o servicio. Más que un «concursante», el arquitecto litigante se consideraba un «actor». El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de darle la razón y obliga a Boomerang a indemnizarlo al considerar que la rescisión del contrato debe tratarse como un despido. El importe que percibirá está aún abierto.