Madres jubiladas que cobran por la crianza: ¿una ley discriminatoria?

Elisa Álvarez González
Elisa Álvarez SANTIAGO / LA VOZ

SOCIEDAD

SANDRA ALONSO

Un viudo que cuidó a sus niños lleva al Tribunal Europeo la medida de Rajoy que elevó la pensión a las madres con al menos dos hijos

04 ene 2019 . Actualizado a las 08:26 h.

El Real Decreto Legislativo 8/2015 introdujo un complemento para las mujeres para compensarlas por su aportación demográfica. Desde siempre las madres han sacrificado su vida laboral, y por lo tanto parte de su pensión, para criar a sus hijos, por lo que esta medida supone un plus para aquellas mujeres con al menos dos hijos naturales o adoptados en sus pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Desde enero del 2016 aquellas madres que se jubilen cobran un 5 % más si han tenido dos hijos, un 10 % por tres hijos y un 15 % por cuatro o más. Es indiscutible su aportación al cuidado y su penalización en el mercado laboral pero ¿qué ocurre cuando puede demostrarse fehacientemente que es el padre quien ha ejercido estas labores?

Esto es precisamente lo que trata de dirimir el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ante el caso de Miguel, un viudo con cuatro hijos que solicitó este complemento de maternidad, y al que el Instituto Nacional de Seguridad Social se lo denegó. El padre recurrió al Superior, quien ahora, y a la vista de las argumentaciones, ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que aclare si este complemento «es causa de discriminación en materia de retribución entre trabajadoras madres y trabajadoras padres». Mientras la justicia europea no resuelve el tribunal canario ha suspendido la resolución de este caso, ya que se trata de dirimir si el hecho de que Miguel no tenga derecho a este complemento «se opone al mandato de no discriminación contenido en el artículo 21.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE».

Gloria Poyatos, magistrada del Tribunal Superior de Canarias, ponente del auto y presidenta de la Asociación de Mujeres Juezas, asegura que se trata de avanzar en corresponsabilidad y no de dar el complemento a todos los padres, ya que lo que hace es compensar a quienes han llevado el peso de la crianza y por lo tanto han visto perjudicada su trayectoria profesional, es decir, mayoritariamente las mujeres. Pero sí deben considerarse determinados casos como este, explica, en los que hay una constatación de que el que ha tenido que sacrificar parte de su carrera laboral es el padre, quien se quedó viudo cuando su hija pequeña tenía 5 años. Las parejas homosexuales con hijos son otro ejemplo en el que es un padre el que debe sacrificar parte de su carrera para la crianza, por lo que el Tribunal ha pedido a Europa que aclare si aplicar la ley en este caso -que es la obligación de los jueces- supondría una discriminación.