La Audiencia ratifica ahora esa decisión al considerar que la documentación expedida en Tailandia «no cuenta con la correspondiente legalización» y no consta que la madre biológica haya sido citada ni comparecido en el procedimiento, como exige el Código Civil catalán para ese tipo de trámites. El auto recuerda que la gestación subrogada no está regulada en el ordenamiento jurídico, pero la ley sobre técnicas de reproducción asistida afirma con «claridad» que la maternidad por sustitución «es contraria al orden público español».