La obligación de un seguro para patinete eléctrico queda en manos de los concellos

maría cedrón REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Europa Press

Su auge deja obsoleta la normas que regulan el sector en el área de vehículos a motor

01 dic 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El auge del patinete eléctrico ha adelantado por la derecha a las normas que regulan los seguros de vehículos a motor, tanto en Europa como en España. Con las Navidades a la vuelta de la esquina es probable que acaben convertidos en uno de los regalos estrella del año y, por tanto, el número de los que circulen por las ciudades acabe multiplicándose. En este escenario, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha lanzado la pelota al aire al sugerir la urgencia de que estos nuevos medios de transporte cuenten con un seguro obligatorio, pero falta ahora quién recoja la bola.

De momento, parece que la Dirección General de Tráfico no tiene previsto incluirlo como tal en la reforma de la ley de seguridad vial. La UE parece no tener prisa tampoco. Porque aunque la nueva directiva de seguros del automóvil en la que trabaja Bruselas podría incluir estas nuevas fórmulas de transporte (no solo patinetes eléctricos, también el hoverboard o el sabway), fuentes del sector avanzaron que no saben cuándo podría estar ultimada.

De ahí que mientras el vacío legal en torno al patinete eléctrico se mantiene, son los ayuntamientos los que han de marcar por medio de una ordenanza municipal la obligatoriedad, o no, de que los propietarios de estos vehículos deban contratar un seguro de responsabilidad civil por los daños que puedan realizar a terceros. Pero el problema en Galicia es que, de momento, son muy pocos los concellos que tienen una ordenanza específica para regular los patinetes.

En el abierto debate sobre la obligatoriedad de un seguro equiparable al de los coches o las motos para los patinetes, fuentes de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa) avanzaron que están dispuestos a hablar con los reguladores para ver cómo articular la puesta en marcha de un seguro obligatorio. Pero la cuestión no es tan fácil como parece. En este sentido, apuntan que para poder articular un seguro obligatorio tienen que darse tres factores: el vehículo susceptible de ser cubierto tiene que ser identificable (en el caso de los coches, estos tienen un número de bastidor que indica dónde fue fabricado y cuándo); tiene que constar en un registro estatal (la matrícula que va asociada al número de bastidor), además de tener que pasar unas medidas de control como pasar una ITV o conocer que puede aparcar en un determinado lugar de ORA.

«Resulta una irresponsabilidad no asegurar estos vehículos, aunque no obliguen a ello»

Mientras las normativas al respecto de los seguros que han de cubrir este tipo de vehículos se materializan, algunas compañías han empezado el lanzamiento de algunos seguros de responsabilidad civil específicos.

Una de las primeras en hacerlo fue Segurea, que ofrece una cobertura de hasta 60.000 euros por golpe. Desde la compañía, José Macías apunta que desde que salió a la luz el caso de la mujer fallecida en Barcelona, son muchas las personas que se han interesado por el seguro. En cuanto a su obligatoriedad advierte que «cualquier vehículo a motor debe estar asegurado independientemente de que tenga que hacerlo, o no, por ley. Resulta una irresponsabilidad no hacerlo porque es una cuestión de sentido común».