Prohibida la reventa y el acceso de los niños a los toros

e. á. SANTIAGO / LA VOZ

SOCIEDAD

LUIS TEJIDO | Efe

La nueva ley de espectáculos ha generado dudas y muchas críticas entre el sector

20 jun 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El próximo 2 de julio entra en vigor la Lei de Espectáculos de Galicia, una norma que supone el primer texto gallego en materia de espectáculos públicos y que sanciona gravemente los excesos de aforo que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas. Y que también ha generado dudas y muchas críticas entre el sector. Desde la Xunta, sin embargo, defienden que simplifica las gestiones a los concellos y les da más competencias. Entre las novedades, la prohibición de la reventa de entradas y el acceso de los menores a sesiones taurinas y con presencia de alcohol. 

reventa

Prohibida. En aras de defender los derechos de los consumidores, explicó Luis Menor, director xeral de Emerxencias, se prohíbe la reventa de entradas sea cual sea el formato «dunha maneira pioneira no Estado».

acceso

Controlados por profesionales. La ley explicita que no puede llevarse a cabo ningún tipo de derecho de admisión que suponga una discriminación, y respeto a los accesos a los locales, se mantienen los mismos requisitos que en la actualidad, pero con la obligación de que aquellos establecimientos a quienes se exija personal para este control, deben contratar a profesionales para ello.

Competencias

Más para los concellos. Según la Xunta, se trata de una ley de marcado carácter municipalista y que da competencias a los concellos, «teñen decisións case totais sobre calquera actividade e hai unha aposta pola autonomía dos concellos», explicó Menor. Sobre la polémica sobre los conciertos en vivo y cualquier tipo de espectáculo extraordinario de los locales, generada sobre todo con el Concello de Santiago, el director xeral de Emerxencias señaló que antes era competencia de la Xunta dar esta autorización especial tras el informe preceptivo del concello «que nós na práctica convertiamos en vinculante», y ahora ya serán los propios municipios los que puedan dar la autorización. Si es de baja intensidad, como un cuentacuentos o un monólogo, el ayuntamiento puede incluso publicar una ordenanza que exima de cualquier trámite.

Menores

Hasta los 12 sin toros. Se recoge el mandato parlamentario de que los menores de 12 años no puedan acudir a espectáculos taurinos, y el resto de limitaciones hacia los menores responden a la necesidad de alejarlos de lugares con presencia de alcohol.

Aforo

Hasta 600.000 euros. «Todo o mundo debe estar de acordo en que non debe haber outro Madrid Arena», explicó Menor. La ley recoge sanciones de hasta 600.000 euros cuando el exceso de aforo ponga en grave riesgo la seguridad de las personas.

Seguridad

La misma normativa. La Xunta insiste en que los requisitos de seguridad son los mismos que había hasta el momento, aunque la legislación realiza una revisión de la normativa vigente en todos los aspectos que deben en tener en cuenta los organizadores.