Juan Manuel Fernández: «Hay debate entre los jueces sobre la sentencia de la Manada, pero está muy motivada»

José Manuel Pan
josé manuel pan REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Fernández dirigió en Mariñán la escuela de verano de los jueces
Fernández dirigió en Mariñán la escuela de verano de los jueces CESAR DELGADO

El vocal del Poder Judicial cree que el tribunal que condenó a los cinco acusados por abusos actuó según su conciencia

01 may 2018 . Actualizado a las 14:19 h.

«No se ha realizado ninguna acción inspectora ni se ha abierto ningún expediente disciplinario, y no había ninguna razón para que el magistrado no integrara la sala que hizo el enjuiciamiento». Así responde Juan Manuel Fernández, vocal gallego de la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial, a la polémica generada después de que el ministro de Justicia, Rafael Catalá, lamentase que el Consejo no hubiese actuado «preventivamente» contra Ricardo Martínez, el magistrado que emitió el voto particular en el juicio de la Manada, porque tenía «un problema singular», según el ministro. Fernández asegura que «hay mucho descontento en el Poder Judicial con lo que dijo el ministro, y creo que los responsables políticos y quienes tenemos responsabilidades públicas debemos ser muy contenidos a la hora de la crítica».

-¿Conocía el Consejo General del Poder Judicial algún problema con ese magistrado?

-Las actuaciones que realiza el Consejo son por denuncias o porque detecta alguna anomalía en un órgano judicial. Y en los cuatro años de mandato del actual Consejo no hubo ni una cosa ni la otra. En cuanto a actuaciones pasadas, constituyen una materia reservada sobre la que no se puede dar información. Pero sí podemos asegurar que no había ningún motivo para que el magistrado que emitió el voto particular no pudiera realizar ese juicio.

-¿Entiende usted la sentencia?

-La sentencia cumple con una primera obligación de los jueces, que es la motivación. Y está perfectamente motivada, con toda la jurisprudencia del Supremo sobre estos delitos. Los magistrados posiblemente hubieran tenido otra solución más cómoda, pero si han dictado esta sentencia es porque actuaron según su conciencia. A partir de ahí se puede estar o no de acuerdo con la sentencia, que puede ser recurrida en apelación y en el Supremo.

-¿Le han sorprendido las reacciones a la sentencia?

-Hablamos de un proceso penal con un sistema de garantías, fundamentalmente la presunción de inocencia. Aunque sean hechos que causan mucha repulsa social, no se puede afirmar que los acusados son sus autores hasta que eso se haya probado en un juicio. A veces ocurre que el resultado del proceso coincide con la expectativa previa y otras veces no. Lo que no puede ser es que si no se da el resultado que se espera se diga que es un proceso injusto, porque eso es convertir el juicio en un paripé.

-¿Se dice que la resolución sobre la Manada es machista?

-No creo en la catalogación de sentencias. En cualquier caso se subraya poco que en el tribunal había una mujer. Eran dos magistrados y una magistrada.

-¿Cómo se le explica esta sentencia al ciudadano?

-Dejando claro que no puedo valorar la sentencia, sí estoy oyendo que no se les ha condenado por violación, y sí se les ha condenado por violación. La violación es un acceso carnal sin consentimiento, y eso puede ser agresión sexual o abuso sexual. Es decir, en la agresión el acto se realiza doblegando el consentimiento con violencia o intimidación y el abuso es sin consentimiento. Si hay acceso carnal, es violación. Aquí la cuestión está en distinguir qué es el prevalimiento y la intimidación. Y la diferencia entre esas dos cosas no es sencilla. Hay un debate entre los jueces, pero la sentencia no peca de falta de argumentación y de motivación.

-¿Es necesario modificar el Código Penal?

-Estos delitos sexuales ya han sido objeto de varias reformas en los últimos años. No mantienen la redacción del año 1995. Ahora bien, si atendida la experiencia y el gran número de casos se considera por parte del legislador que se puede dar una mayor seguridad jurídica mediante otra formulación, pues bienvenida sea. En la medida en que la ley sea más clara y mejor su aplicación, pues será bien recibida. Este tipo de delitos tienen una enorme dificultad de prueba porque normalmente la única de cargo es la declaración de la víctima y no es fácil acreditar que una relación es no deseada, es con violencia o es sin consentimiento. Esta sentencia se puede recurrir y ese recurso ya es una revisión jurídica. Y el Supremo tiene la potestad de fijar la correcta interpretación de un articulo determinado.