Las verbenas, por orden del alcalde

xoán r. alvite MAZARICOS / LA VOZ

SOCIEDAD

ROI FERNANDEZ

La nueva ley de espectáculos que entra en vigor el 1 de junio ha abierto un debate al dejar en manos de los concellos la ampliación de horarios de las fiestas

15 abr 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El próximo 2 de junio entrará en vigor la Lei de Espectáculos Públicos e Actividades Recreativas de Galicia, la primera normativa autonómica de este tipo que dará mayor protagonismo a los ayuntamientos a la hora de autorizar y controlar este tipo de eventos. De hecho, permitirá que sean los propios consistorios los que, de forma motivada, puedan autorizar ampliaciones o reducciones sobre el horario general.

Este aspecto ha generado opiniones encontradas en muchos ayuntamientos que esperan a la publicación de una nueva orden autonómica -la vigente data del 2005- en la que se establezca el horario general de apertura y cierre de establecimientos públicos, además del inicio y finalización de espectáculos, para conocer hasta dónde llegarán finalmente sus competencias en el marco de la nueva ley.

Mientras algunos regidores se muestran conformes a ser ellos los que regulen los horarios de las verbenas al ser los mejores conocedores de la realidad de su territorio, otros creen que esta nueva competencia puede generar cierta polémica entre diferentes verbenas de un mismo municipio o entre las que celebren en ayuntamientos limítrofes.

«Acabaremos facendo táboa rasa e aplicando o mesmo horario a todas, porque facer o contrario pode entenderse como un trato discriminatorio cara a unha ou outra comisión de festas. Ademais, isto pode provocar problemas se, entre concellos limítrofes, un opta por permitir ampliacións de horario e o outro non», apunta un regidor coruñés que, sin embargo, se muestra favorable a que se facilite «ao máximo legal posible» la celebración de verbenas populares por cuanto se trata de una manifestación cultural con profundas raíces en el territorio.

Hasta el momento, se permite la celebración de romerías hasta las 3 y media de la madrugada, pudiendo ampliarse su horario en media hora en el caso de que estén organizadas los fines de semana o las vísperas de festivo. La entrada en vigor de la nueva normativa no ha contentado en absoluto a las comisiones de fiestas, que creen que se sigue dificultando su actividad con lo que consideran un exceso de burocracia.

Unos 3.000 euros de sobrecoste

Opinión que comparte la abogada Raquel Grela, gran conocedora de la realidad de la verbena gallega, que cifra en más de 3.000 euros el sobrecoste que tendrá para las comisiones adaptarse a la nueva normativa cuando sea necesario la elaboración de un plan de autoprotección, trámite necesario, por ejemplo, para verbenas en las que se instale una carpa con capacidad superior a las 2.500 personas.

En el marco de una jornada de estudio sobre la nueva ley organizada por la Cátedra de Dereito Local de la Universidade da Coruña, la letrada lamentó la ocasión perdida en este caso por la Xunta «para regular convenientemente a singularidade da verbena galega, porque a nova normativa xera para as comisións a mesma incerteza e os mesmos problemas que se viñan rexistrando».

En este sentido, criticó tanto la disparidad de interpretaciones de los diferentes ayuntamientos a la hora de exigir documentación a los promotores como el hecho de que se solicite la presentación de un proyecto técnico cuando, a su entender, sería suficiente con una simple memoria de la actividades.

Los artistas que no quieran actuar sin causa justificada serán penalizados

La nueva normativa es pionera a la hora de establecer sanciones a artistas que se nieguen a actuar «sin causa justificada» y para los programadores que suspendan o alteren espectáculos o actividades recreativas sin razón de peso.

Exceso de aforo

Superar el aforo permitido se considera falta muy grave en la ley gallega y, por tanto, susceptible de ser multada con hasta 600.000 euros.

Pólizas en base al aforo

Las comisiones de fiestas han de suscribir pólizas de seguro en función del aforo de la celebración. El capital mínimo asegurado oscila entre 300.000 euros de verbenas con 100 personas hasta los seis millones que deben cubrir los eventos que superen las 5.000 personas. No disponer de seguro es una infracción muy grave con multas de hasta 600.000 euros.

Reventa de entradas

Se prohíbe explícitamente la reventa de entradas en papel o cualquier otro soporte técnico. La administración autonómica se reserva tanto la posibilidad de la intervención y el depósito de las entradas como de los ingresos procedentes de la reventa.

Espectáculos taurinos

Los menores de 12 años no podrán acceder a espectáculos taurinos, vayan o no acompañados de un adulto. La multa es de hasta 30.000 euros.