Bibiana Isorna: «Es legal reservar una parte de la herencia a las mascotas»

Mila Méndez Otero
Mila Méndez REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

SANDRA ALONSO

Los bufetes de abogados no viven ajenos a una nueva realidad donde las mascotas ganan derechos

21 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Los bufetes de abogados no viven ajenos a una nueva realidad donde las mascotas ganan derechos. Guardar una parte del patrimonio para su bienestar ya no es una rareza exclusiva de cantantes como Freddie Mercury o de estrellas de Hollywood.

- ¿Se puede reservar una parte de la herencia para el cuidado de las mascotas? 

- Es una posibilidad lícita y legal. Una de las disposiciones más típicas es dejar un legado de cantidad destinada a la persona que haya de ocuparse de los animales en vida de estos. También se puede establecer una condición para el heredero, si bien con ciertas limitaciones respecto a la legítima, y que en caso de incumplimiento podría llevar al extremo de perder los bienes adquiridos.

- ¿Han llevado algún caso así?

- A través de Gatocan se han puesto en contacto con nuestro despacho algunas personas interesadas en dejar por vía testamentaria alguna disposición mediante la que se pueda asegurar, en la medida de lo posible, el cuidado y atención de sus animales de compañía en caso de fallecimiento. Es una necesidad acorde con los tiempos que corren y una demanda que va a ir en aumento. No son ni un juguete ni un capricho. El compromiso de adoptar a un animal debería ser para cuidarlo cada uno de nuestros días… ¡y de los días de ellos!

- ¿Se puede heredar una mascota?

- Sí. Los que no pueden ser herederos, obviamente, son las mascotas. Además, podría dejarse por vía testamentaria, por ejemplo, un caballo de raza cuyo valor económico puede alcanzar cifras muy elevadas y cuyo correcto mantenimiento también puede suponer un gasto notable.

- ¿Que los animales dejen de ser cosas cambia algo?

- Los animales nunca han sido cosas, se les ha dado el tratamiento jurídico de cosas, que es distinto, y precisamente el espíritu de la reforma que se pretende llevar a cabo es corregir eso. Son seres vivos, con sentimientos, apegos y afectos. Es un avance que era necesario y del que ya se hicieron eco previamente los sistemas legislativos de otros países. En Galicia, por ejemplo, se aprobó hace pocos meses la Ley de protección y bienestar de animales de compañía.

- ¿Qué implicaciones tiene?

- Las tiene de índole penal cuando nos referimos al maltrato. En lo que respecta a lo civil se contempla, por ejemplo, que no se pueda proceder al embargo de los animales o la posibilidad de establecer medidas que se refieran a ellos en los supuestos de crisis matrimonial, pudiendo, siempre en interés de la familia, establecer un régimen de custodia sobre las mascotas o un derecho de visita, que hasta ahora suponía una cuestión espinosa por la falta de regulación.