La reforma de la ley del aborto incluirá una lista cerrada de malformaciones incompatibles con la vida, como ahora

madrid / europa press

SOCIEDAD

Ese listado de anomalías fetales podría basarse en el del comité de Bioética de la Sociedad Española de Ginecología para la Ley del Aborto de 2010, aún vigente

30 jun 2014 . Actualizado a las 09:43 h.

La reforma de la vigente regulación del aborto, contemplará previsiblemente un listado cerrado de malformaciones incompatibles con la vida a partir de las cuales las mujeres podrán acogerse a la interrupción voluntaria de su embarazo. Así lo confirmaron fuentes parlamentarias, ante la previsible aprobación de la reforma legislativa que compete al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, y ante la controversia suscitada al no contemplarse este supuesto en el anteproyecto de ley presentado por el Gobierno.

Ya hay uno en vigor

Ese listado de anomalías fetales podría basarse en el del comité de Bioética de la Sociedad Española de Ginecología para la Ley del Aborto de 2010, aún vigente. Esta ley permite el aborto libre hasta la semana 14, y después solo se puede practicar -hasta la semana 22- si hay «graves riesgos para la vida o la salud de la madre o el feto». Así, se entiende por ?anomalía fetal incompatible por la vida? «aquellas que previsiblemente/habitualmente se asocian con la muerte del feto o del recién nacido durante el período neonatal» , aunque en condiciones excepcionales la supervivencia pueda ser mayor».

En ella se contemplan: la anencefalia, exencefalia o acráneo; la hidranencefalia; la holoprosencefalia alobar; la atresia laríngea o traqueal; la agenesia diafragmática o la renal bilateral; una patología renal bilateral con secuencia Potter y de comienzo precoz; la Ectopia cordis; la Pentalogía de Cantrell; el Síndrome de bandas amnióticas; el Limb-body wall complex; la displasia esquelética letal con hipoplasia torácica y afectación precoz; y algunas cromosomopatías como la trisomía 18, la 13, la 9, o triploidias.

¿Menos trámites?

Otras fuentes parlamentarias señalaron que tal vez se tengan en cuenta las recomendaciones que hizo el comité de bioética del Ministerio de Sanidad para la reforma de Gallardón. En estas se indicaba que, «para evitar que sea una carrera de obstáculos» la obtención de los cuatro documentos estipulados en la ley para poder abortar, sea la administración sanitaria la que se encargue del asesoramiento, información y certificación de los mismos. Sería un equipo multidisciplinar, fijo y preparado de profesionales en el sistema nacional de salud para atender este tipo de situaciones.