Castilla y León recurre el copago de medicamentos hospitalarios

Efe

SOCIEDAD

El ejecutivo autonómico (PP) cree que la medida generará «distorsiones y desigualdades» en el acceso de los pacientes a la prestación farmacéutica

27 dic 2013 . Actualizado a las 18:26 h.

La Junta de Castilla y León ha presentado un recurso contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para que revoque o anule el copago de medicamentos hospitalarios. «Ante la respuesta negativa del Ministerio de Sanidad al requerimiento formal presentado el pasado mes de octubre, el Gobierno de Castilla y León ha decidido emprender acciones judiciales para solicitar la paralización de esta medida», ha explicado hoy la Junta en un comunicado.

La Junta ha precisado que «se solicita como medida cautelarísima la suspensión de la Resolución de 10 de septiembre de 2013, por tratarse de circunstancias de especial urgencia». El recurso advierte «las dificultades para implantarlo en la fecha señalada y las desigualdades que esta medida generaría entre las distintas comunidades», ha argumentado la Junta. «No se han aclarado a las comunidades autónomas todas las cuestiones técnicas imprescindibles para la implantación efectiva y homogénea», ha añadido al respecto.

Por ello, «vista la cercanía de esa fecha y a los efectos de impedir el inicio de la aplicación a fecha 1 de enero de 2014, así como su aplicación por cada comunidad autónoma de modo divergente, es imprescindible la inmediata adopción de la medida cautelar», ha subrayado el Ejecutivo de Castilla y León. «La aplicación de la resolución generará distorsiones y desigualdades en el acceso de los pacientes a la prestación farmacéutica en los hospitales, distintas aportaciones en función del medicamento elegido, pudiendo influir incluso en los criterios de selección del médico en función de la situación económica de cada paciente», ha advertido. La Junta ha cuantificado el número de pacientes afectados en Castilla y León en 8.453, con un impacto máximo de 200.000 euros anuales, en torno al 0,07 por ciento del gasto farmacéutico hospitalario. Por ello, ha considerado que «suspender la aplicación de la Resolución no va a provocar daño alguno».

Al respecto, el gobierno autonómico ha destacado que «ni puede considerarse que tenga una finalidad recaudatoria tendente a mejorar las cuentas públicas en las que los gastos sanitarios son un componente fundamental, ni que tenga una finalidad disuasoria, pues hablamos de pacientes crónicos que no pueden ni deben abandonar sus tratamientos». Además, en el recurso se considera que la suspensión solicitada como medida cautelarísima debe producir sus efectos en todo el Sistema Nacional de Salud.

De este modo, se solicita también la adopción de medida cautelar al considerar infracción del principio de igualdad en la prestación farmacéutica para todos los ciudadanos en todo el Sistema Nacional de Salud, «infracción que se deriva de la falta de certeza de la fecha de implantación de la medida por comunidades autónomas». «La Resolución es nula de pleno derecho al haberse adoptado por un órgano manifiestamente incompetente» y «por carecer del rango normativo exigido», ha concluido la Junta.