Absuelto el administrador de una academia acusado de estafa en unos cursos de corte y confección en O Milladoiro

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO / LA VOZ

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En una imagen de archivo, el edificio de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección compostelana de la Audiencia Provincial.
En una imagen de archivo, el edificio de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección compostelana de la Audiencia Provincial. PACO RODRÍGUEZ

La Audiencia Provincial considera que no se ha probado que engañase a dos estudiantes asegurando que la actividad era oficial

18 dic 2025 . Actualizado a las 20:59 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial, la que tiene su sede en Santiago, ha absuelto al administrador de una academia situada en O Milladoiro, en el concello de Ames, al que la Fiscalía le pedía cuatro años de cárcel por un delito continuado de estafa porque el tribunal entiende que no ha quedado probado el engaño necesario para configurar esta modalidad delictiva, ya que en el juicio no se demostró que la publicidad realizada por el centro de enseñanza antes de la matriculación dijese que el curso de corte y confección que originó el pleito permitiría obtener el título oficial que otorga la Xunta de Galicia.

En la sentencia, los magistrados explican que la única mención a que el curso fuese oficial se realizó en una publicación posterior a la matriculación. Además, consideran que las declaraciones de las dos denunciantes en la vista oral no fueron suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia.

«En ambos casos, se carece de prueba alguna acerca de publicaciones realizadas con carácter previo en redes sociales en las que se indicase que la academia gozase de habilitación para la expedición de títulos oficiales o que el curso conllevase su obtención, sin que, por ello, pueda tampoco tenerse por acreditado que la matrícula realizada, y a consecuencia de tal eventual publicidad, traiga su causa de una errónea creencia generada por una publicidad previa en redes que no consta acreditad», recoge la sentencia.

Los hechos probados de la resolución, eso sí, confirman que la academia de O Milladoiro «no estaba autorizada para impartir enseñanzas regladas conducentes a la obtención de títulos oficiales» cuando en octubre del 2021 las dos denunciantes se matricularon en el curso de corte y confección, que tenía una duración de tres años. Participaron en el hasta julio del 2022 y abonaron tanto la matrícula inicial como las cuotas mensuales hasta ese momento.