Absuelto por falta de pruebas un acusado de agredir sexualmente y maltratar a su pareja al que la Fiscalía le pedía 15 años de cárcel

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO CIUDAD

Audiencia Provincial de A Coruña.
Audiencia Provincial de A Coruña. CESAR QUIAN

Los magistrados aseguran sobre el caso, investigado en Santiago: «no es que dudemos del testimonio de la víctima, es que no está suficientemente corroborado»

10 ene 2025 . Actualizado a las 17:33 h.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto por falta de pruebas a un hombre que fue acusado de agredir sexualmente de forma continuada y de maltratar a su pareja durante el tiempo en el que ambos convivieron en diferentes pisos de la provincia, entre julio del 2016 y septiembre del 2018, cuando la mujer rompió la relación. El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago. La Fiscalía pedía para el procesado más de 15 años de prisión y que indemnizara a la víctima con 20.000 euros.

Los magistrados señalan en su sentencia que el testimonio de la denunciante «no cumple con el parámetro de la credibilidad objetiva porque no está suficientemente corroborado» y subrayan que «el problema es que los posibles datos de corroboración existen, pero no se han aportado al juicio». Así, destacan que se omitió la proposición de testigos, entre ellos familiares o compañeros de trabajo de la denunciante. Por ello, la sala considera que las manifestaciones de la mujer solo cumplen de forma parcial «con el parámetro de la persistencia», ya que las acusaciones «modificaron en parte el relato fáctico de sus conclusiones definitivas, tratando de ajustarse a lo que la denunciante expresó ahora, no a lo que primeramente dijo».

De este modo, los jueces aclaran que «no es que dudemos del testimonio de la víctima, que parece revestido de cierta persistencia y verosimilitud; es que no está suficientemente corroborado, con la claridad exigible en un procedimiento penal». En este sentido, recuerdan que, ante la duda, debe fallarse siempre a favor del acusado y optar por la absolución por la «exigencia de que la condena vaya precedida de la certidumbre de la culpa».

En el caso juzgado, la Audiencia Provincial advierte que, tras examinar las pruebas, no ha obtenido «una convicción de culpabilidad del acusado, más allá de esa duda razonable», por lo que le absuelven de todos los delitos por los que estaba acusado: agresión sexual, contra la integridad moral y lesiones sobre la mujer. La sentencia no es firme, ya que contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).