Archivada la pieza de la operación Pokémon que afectaba al exalcalde del PP en Boqueixón, Adolfo Gacio

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Adolfo Gacio, durante una degustación este viernes de la Festa da Filloa de Lestedo
Adolfo Gacio, durante una degustación este viernes de la Festa da Filloa de Lestedo XOÁN A. SOLER

La investigación se cierra, nuevamente, con duras críticas por parte de sus compañeros a la instrucción que protagonizó la jueza Pilar de Lara en Lugo

09 feb 2024 . Actualizado a las 20:31 h.

La instrucción de la operación Pokémon a cargo de la jueza Pilar de Lara Cifuentes sigue acumulando fracaso jurídico tras fracaso. Y esos golpes a la profesionalidad y capacidad de la que fue magistrada en Lugo no se los están dando aquellos a los que imputó o incluso envió a prisión provisional, sino sus propios compañeros togados, que están archivando la gran mayoría de las piezas separadas en las que se ha dividido esta investigación contra una presunta trama de corrupción que afectaba a políticos de todos los colores repartidos por toda Galicia, Asturias e incluso Cataluña.

La última pieza archivada es la relativa a la adjudicación a la empresa Vendex del servicio de ayuda en el hogar de Boqueixón. Afectaba al que fue alcalde del PP en este municipio, Adolfo Gacio, que llegó a pasar por el mal trago de pisar el calabozo cuando fue detenido y que tuvo que dimitir, así como a Alberto Quintana Vilarelle, extrabajador de Vendex, y a Paula Álvarez Conde, Carmen Pereiras Pérez y Ramón David Fernández Luaces. Todos ellos han quedado exonerados de toda responsabilidad por estas pesquisas.

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago, Ana López-Suevos, critica duramente en su auto de archivo la instrucción de Pilar de Lara. Advierte que no era posible ya practicar ninguna diligencia «ao ter transcorrido amplamente o prazo dun ano previsto», así como que las defensas habían denunciado múltiples irregularidades procesales «que, ao noso xuízo, tiñan un fundamento sólido, tanto no que se refire á vulneración polo xulgado de instrución número 1 de Lugo do dereito ao xuíz predeterminado pola lei, ao forzar a asunción da instrución dun procedemento para o que non era territorialmente competente, como ao feito de que a causa se atopase formada mediante un engadido sucesivo de particulares de diversos procedementos de xeito tal que o seu resultado é un conglomerado de difícil lectura e case imposíbel comprensión», señala.

Además, las grabaciones telefónicas que se suponía eran la principal prueba contra los investigados tampoco han valido para nada porque no se enviaron inicialmente y ahora es completamente imposible determinar si todas esas horas de conversaciones fueron legales y contaron con todo el respaldo jurídico exigible.