Una ladrona no podrá pisar en seis meses El Corte Inglés de Santiago tras cometer tres robos seguidos

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO

SANTIAGO CIUDAD

Fachada del edificio principal de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección sexta de la Audiencia Provincial
Fachada del edificio principal de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección sexta de la Audiencia Provincial PACO RODRÍGUEZ

Después de dos primeros golpes exitosos, en la tercera ocasión fue interceptada por los vigilantes del centro comercial

16 jul 2022 . Actualizado a las 23:43 h.

No todas las sentencias judiciales son una concatenación de términos confusos para los legos en derecho, que son la mayoría de las personas. En ocasiones, los jueces se acercan mucho más al lenguaje que es más fácil de entender por el ciudadano de a pie, con resoluciones tan sencillas como concisas y eficaces. Entre ellas, está la que dictó el Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago condenando a una ladrona que cometió tres robos en solo nueve días en El Corte Inglés compostelano a no poder pisar ese centro comercial en seis meses. Una decisión que, pese al recurso que presentó la acusada, acaba de ser confirmada en todos sus términos por la sección de la Audiencia Provincial que tiene su sede en la ciudad.

El primero de aquellos robos tuvo lugar el 23 de octubre del 2021, cuando la acusada cogió varios artículos por valor de 93,99 euros, los metió en una bolsa y consiguió abandonar el centro comercial, situado en la avenida del Restollal. La segunda vez también tuvo éxito. Fue el 30 de ese mismo mes y en esa ocasión el valor del botín ascendió a 104,23 euros. Nuevamente, logró abandonar El Corte Inglés sin ser interceptada.

Aquellos éxitos debieron animar a la ladrona, que no dudó en volver al día siguiente a la conocida tienda compostelana. En esta última ocasión no le acompañó la suerte, ya que los vigilantes de seguridad le dieron el alto.

Además de esos seis meses sin poder volver a entrar en El Corte Inglés, la condena por un delito continuado de hurto, ratificada por la Audiencia, también incluye el pago de una multa de 300 euros e indemnizar al establecimiento comercial pagándole 198,22 euros, el valor total de la mercancía que se llevó en los dos primeros robos y que nunca fue recuperada.

En su recurso de apelación, la acusada negó los hechos, una afirmación insostenible a tenor de la claridad de las grabaciones de las cámaras de seguridad, en las que se podía observar a la mujer llevando a cabo los hurtos. En las imágenes se percibe perfectamente como accede a los probadores con dos pantalones que previamente había cogido y como sale solo con uno, una secuencia similar a la que quedó registrada el día en el que la ladrona fue finalmente descubierta.

Además de las grabaciones, tras entrar la mujer en los probadores se encontraron las alarmas, embalajes y etiquetas de los productos que se llevó sin abonar su precio. «En consecuencia, atendida la prueba practicada en el acto de juicio oral, ha de confirmarse la decisión adoptada por la magistrada de instancia, motivada, clara y congruente con la prueba practicada, sin que concurra el motivo de infracción denunciado», señala en su sentencia la Audiencia Provincial. Contra el fallo ya no cabe recurso ordinario alguno.