De este modo, al juez le parece que, aunque de lo que se trataba era de dirimir si era o no procedente el aumento de aforo, lo lógico habría sido «que se hiciera por los servicios técnicos municipales la correspondiente inspección a fin de examinar, a los efectos de la autorización instada, la realidad del local y si la misma era o no conforme al proyecto y al propio certificado». Por ello, añade la sentencia, esa visita de control «se debió de realizar, dado que se trata de la ampliación del aforo de una sala de fiestas, con la incidencia que el aforo y la ocupación tiene para la seguridad de las personas, máxime cuando en este caso se requería licencia y no llegaba con la comunicación previa, no valiendo con indicar que el informe de la arquitecta municipal era sobre el proyecto, no sobre lo efectivamente ejecutado», argumento que esgrimió la técnica durante la vista oral.
Tanto los vecinos de Alfredo Brañas y Montero Ríos como su representante legal, Lisardo Núñez Pardo de Vera, aseguran que La Facultad no cumple con la normativa sobre seguridad, por lo que consideran que, al margen del aforo, lo que está en duda es si puede o no seguir abierta.