Atropella a un peatón en Santiago y da positivo en alcohol, coca y ansiolíticos

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO

SANTIAGO CIUDAD

El conductor condenado se salió de la carretera en el peligroso tramo de la N-550 que está vigilado con un radar fijo de tramo
El conductor condenado se salió de la carretera en el peligroso tramo de la N-550 que está vigilado con un radar fijo de tramo XOÁN A. SOLER

El conductor, condenado a dos años y nueve meses sin carné, se salió de la vía en A Sionlla

06 jun 2021 . Actualizado a las 01:09 h.

De la peligrosidad del tramo de la N-550 a su paso por A Sionlla hablan las hemerotecas, con numerosos accidentes, algunos de ellos mortales, y el hecho de que esté regulado con un sistema de radar fijo de tramo. Pero en el accidente que se produjo el 17 de marzo del 2017 a las 9.10 horas nada tuvo que ver el exceso de velocidad, sino el consumo de alcohol y drogas que provocó que un conductor se saliese de la vía y arrollase a un peatón que sufrió importantes lesiones. Un incidente por el que el imprudente infractor ha sido condenado por un delito contra la seguridad vial en concurso legal con otro de lesiones imprudentes a 1.372 euros de multa y dos años y nueve meses de retirada de carné, pena que acaba de confirmar la sección compostelana de la Audiencia Provincial.

El incidente se produjo a la altura del kilómetro 54,500, en el lugar de Sabugueira, en Santiago. El conductor manejaba un Citroën C4 en dirección A Coruña cuando perdió el control, se salió por la derecha rozando al vehículo que circulaba delante de él y atropelló en su trayectoria a un viandante que iba a cruzar un camino para acabar chocando con una señal de stop.

Cuando llegó la Guardia Civil, observó que el conductor «presentaba un aspecto externo de agotamiento, el rostro congestionado, los ojos brillantes, las pupilas dilatadas, el habla titubeante y con repetición de frases o ideas, olor a alcohol en el aliento fuerte de cerca y deambulación titubeante», según recoge la sentencia. Le hicieron las pruebas pertinentes y dio 0,29 y 0,30 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, además de positivo en cocaína «que potenciaba el efecto depresor de la medicación de tipo ansiolítico que tenía prescrita», añade la resolución judicial.

Tras la primera condena, el conductor recurrió a la Audiencia Provincial alegando, entre otros motivos, que por donde cruzó el peatón no había paso de cebra. Un argumento que no tuvo ningún recorrido jurídico y que incluso mereció un claro reproche por parte de la Audiencia, que señala que «la imprudencia del apelante no ofrece dudas» porque «la ausencia de paso de peatones, habitual en este tipo de vías, no excluye la imprudencia del conductor».