La Audiencia de Santiago absuelve a los tres acusados de delito societario en la empresa Núcleo Estable

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO

SANTIAGO CIUDAD

En una imagen de archivo, el edificio principal de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección sexta de la Audiencia Provincial
En una imagen de archivo, el edificio principal de los juzgados de Santiago, en el que tiene su sede la sección sexta de la Audiencia Provincial PACO RODRÍGUEZ

Los denunciantes fueron Sociedad Eléctrica de Tui SA, Terawatio SL, Distribuidora Eléctrica de Catoira SA, Electra Alto Miño SA y Adelanta Corporación SA

13 abr 2021 . Actualizado a las 00:10 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial, que es la que tiene su sede en Santiago, ha absuelto de un delito societario de abuso de mayoría y de otro de apropiación indebida a tres administradores de la empresa Núcleo Estable SL.

El tribunal considera acreditado que dos de los procesados no votaron en la junta general del 9 de mayo del 2011 en la que se adoptaron los acuerdos que causaron la denuncia. En aquella reunión se nombró un administrador único y se hizo desaparecer el consejo de administración existente hasta entonces. Los jueces reflejan en su resolución que de estas decisiones «se pretende deducir la comisión de los delitos» y destacan que «no consta que en ningún momento los acusados hayan tenido en su poder las retribuciones fijadas, ni que, en definitiva, se hayan visto beneficiados de manera alguna por la distribución de dichos fondos».

Para la Audiencia, solo las conductas empresariales en las que existe «un uso grosero de las facultades societarias, como cuando se usan mercantiles para derivar a otras vinculadas las deudas o la parte del negocio que no funciona» son objeto de reproche penal. Algo que en este caso no se ha producido, en opinión de los magistrados. Los denunciantes fueron Sociedad Eléctrica de Tui SA, Terawatio SL, Distribuidora Eléctrica de Catoira SA, Electra Alto Miño SA y Adelanta Corporación SA.