La madre a la que la Justicia prohibió cambiar de colegio a sus hijas sin permiso del padre sigue viviendo a 60 kilómetros de distancia

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO

SANTIAGO CIUDAD

Vista de los juzgados de Santiago, en imagen de archivo
Vista de los juzgados de Santiago, en imagen de archivo PACO RODRÍGUEZ

La abogada del hombre asegura que las denuncias por violencia de género tenían por objeto que el juzgado autorizase el cambio de domicilio de las menores

13 feb 2020 . Actualizado a las 12:05 h.

La madre a la que la Audiencia Provincial de A Coruña ha prohibido cambiar de colegio a sus dos hijas de cinco y siete años de edad sin el consentimiento del padre, del que se está divorciando, acató la sentencia y devolvió a las niñas al centro escolar en el que cursaban estudios anteriormente, situado en el partido judicial de Arzúa. Pero sigue residiendo con ellas en la ciudad a la que se mudó sin el consentimiento del hombre. «Van y vienen todos los días 60 kilómetros porque la madre ha decidido que eso es lo más conveniente para las menores», señala la abogada del hombre, Mar Vivero.

La representación legal del padre de las pequeñas advierte además que las denuncias por violencia de género que le ha presentado su exmujer tenían por objeto «que se le autorizase ese cambio de domicilio y de colegio de las niñas», pero que no son ciertas. «Todas han sido archivadas y tampoco le han concedido las órdenes de protección. Tan solo una de ellas ha seguido adelante y precisamente debía celebrarse el juicio esta semana y acabamos de conocer que la abogada de la madre ha solicitado la suspensión de la vista por estar de baja», señala la letrada, a la que le parece que se está tratando de «dilatar el proceso porque saben que no lo van a ganar».

Vivero advierte que su patrocinado ha vivido una situación dramática, «denuncia falsa tras denuncia falsa». La sentencia de la sección tercera de la Audiencia coruñesa también hace alusión a este litigio por violencia machista y considera que no debe tenerse en cuenta a la hora de decidir sobre el colegio al que deben asistir las niñas porque «como ya se indicó en la primera instancia, no hay ninguna resolución vía penal que haya condenado [al hombre] por violencia de género. Es más, se resaltó por el ministerio fiscal que reiteradamente se denegaron las medidas cautelares solicitadas `por la madre], lo que indica la improcedencia de su planteamiento».

En cuanto al cambio de domicilio, aunque no está del todo claro que la sentencia obligue a la madre a volver a residir con las pequeñas en el concello al que van al colegio, el tribunal provincial sí se manifiesta al respecto al decir que mudarse es inadecuado mientras el proceso de divorcio no finalice y quede fijada de forma definitiva cuál de los progenitores queda con la guardia y custodia de las niñas.

En este sentido, a la Audiencia le parece indacuada «una alteración tan importante en la vida de las menores como es mudarse de su núcleo poblacional (donde tenían sus amistades y familia extensa, donde habían cursado sus estudios hasta ese momento) para pasar a residir en una capital de provincia donde no conocen a nadie, carecen de familia, sin amigos y trabajo».