El Sergas no ve riesgo laboral en que esperen pacientes en pasillos de Urxencias

J. Gómez SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO CIUDAD

PACO RODRÍGUEZ

El Juzgado de lo Social número 2 de Santiago vio una demanda del sindicato médico O'Mega, que relacionó esa situación con las muertes del día 2 y otra del 2017

25 ene 2019 . Actualizado a las 00:00 h.

El Juzgado de lo Social número 2 de Santiago vio una demanda del sindicato médico O´Mega contra la actual y la anterior gerencia del Sergas en el área sanitaria de Santiago por el presunto incumplimiento del acuerdo firmado en abril del 2014, por el que se desconvocó la huelga que estaba previsto realizar entonces en Urxencias del Clínico. También señalaba el riesgo laboral que suponen las condiciones de trabajo en Urxencias, sobre todo por la presencia de pacientes en el pasillo, que obstaculizan las vías de evacuación en caso de necesitarse, además de no ser el pasillo un lugar adecuado para la asistencia de pacientes. Insistió en que la situación no está solucionada, a pesar de conocerse ya desde el año 2002 y haberse manifestado varias veces sobre ella la Inspección de Trabajo, además del Comité de Seguridad y Salud, y ser uno de los puntos centrales por los que justifican la convocatoria de huelga. Entre las pruebas documentales aportadas, adjuntó numerosos correos electrónicos en los que se alertaba a la Administración sanitaria de la presencia de pacientes en pasillos y se solicitaba que se solucionase el problema. Además, relacionó esa situación con un fallecimiento denunciado ante la Fiscalía en el año 2017, y los dos denunciados este mes, por presuntas deficiencias asistenciales en Urxencias. Este sindicato entiende que hay espacios que pueden utilizarse para que no haya pacientes en los pasillos, y que es necesario que el Sergas los dote cuando se necesite.

El letrado del Sergas defendió que la existencia de pacientes que esperen en pasillos de Urxencias no es una situación de riesgo laboral, pues en realidad todos los pasillos del hospital son de evacuación. Manifestó que en el servicio del Clínico se han solucionado, con reformas realizadas en los años 2017 y 2018, las deficiencias señaladas por la Inspección de Trabajo. Las posibles responsabilidades por la muerte de pacientes a causa de presuntas deficiencias de la atención en Urxencias son una cuestión a dirimir penalmente, no tienen relación sobre la que deba manifestarse el Juzgado de la Social. Acerca de la demanda de espacios, señaló que las 42 camas existentes en el Hospital Gil Casares para atender pacientes asistidos en Urxencias cuando hay elevada demanda, como en la temporada de la gripe, se utilizaron el 33 % de los días del año. Y aludió a iniciativas como el plan de contingencia para la gripe de este año, presentado en octubre, para situaciones que pueden preverse, pero en otros casos no es posible efectuar una previsión, y saturaciones en urgencias son habituales en los hospitales, citando casos referidos por medios de comunicación las últimas semanas.

La magistrada no aceptó como prueba la declaración de Fátima Nercellas, médica de Urxencias y representante laboral de O'Mega, como proponía la letrada del sindicato. Además, consideró que juzgar si se cumplió el acuerdo del 2014 corresponde a la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, no a la de lo Social. La letrada de O'Mega indicó que ya presentaron una demanda por el tema en el 2016 por la vía del contencioso, y que en el fallo les indicaron acudir a la vía de lo Social. El juicio quedó visto para sentencia.