Condenan al Sergas a indemnizar con 12.000 euros por no informar de las complicaciones en un parto inducido

Europa Press

SANTIAGO CIUDAD

Se trató de un parto prematuro provocado por falta de dinámica fetal con nacimiento del feto muerto

03 ene 2014 . Actualizado a las 14:57 h.

Un Juzgado de lo Contencioso de Santiago de Compostela ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 12.000 euros a la joven L.C.C., vecina de Fisterra (A Coruña), de 23 años en el momento de los hechos, por no informarla de las complicaciones en un parto inducido con resultado de un feto muerto.

Así lo ha explicado la Asociación El Defensor del Paciente, que ha indicado que se trató de un parto prematuro provocado por falta de dinámica fetal, con nacimiento del feto muerto, hechos que ocurrieron en el Hospital Virxe da Xunqueira de Cee (A Coruña).

Según relata la asociación, el embarazo de la joven era seguido por el servicio de Ginecología del Hospital Virxe da Xunqueira de Cee. Se trataba del primer embarazo de la joven y, según recuerda, «en ningún momento estuvo exento de complicaciones: anemia, vómitos constantes, sucesivas infecciones, etc».

Finalmente, tras una complicación atribuida a una dolencia de tipo digestivo, el 5 de enero de 2001 la paciente fue dada de alta, por estimar que «no era nada relevante» y con la instrucción de que volviese si de nuevo se repetían las complicaciones.

Sin embargo, según continúa la asociación, «desde ese mismo día, la embarazada dejó de sentir el feto, acudiendo dos días más tarde de nuevo al Hospital Virxe da Xunqueira, donde, tras las pruebas oportunas, no detectaron latido fetal y por el ginecólogo de guardia se ordenó la inducción al parto, obteniéndose un feto muerto, probablemente de varios días».

Tras estos hechos, la parturienta se puso en contacto con los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente y presentó una reclamación contra el Sergas, que fue desestimada. Ahora, un juzgado «le da la razón a la paciente», tal y como sostiene su abogado, Cipriano Castreje, «ya que ésta no fue informada de los riesgos que tendría el trabajo de parto y de los riesgos que tendría de perder el feto, dada la especial evolución de dicho embarazo, y tampoco fue informada de los riesgos propios de la inducción al parto para la extracción del feto muerto», puntualiza.

El juzgado estima, según explica El Defensor del Paciente, que tratándose de la extracción de un feto muerto, y «dadas las especiales circunstancias del caso», condena al Sergas a indemnizar a la paciente en la suma de 12.000 euros.

La asociación señala que, «dada su juventud, la parturienta tuvo dos niños más en años sucesivos», que nacieron «en perfecto estado de salud, sin que el parto previo dejase secuelas algunas, aparte del daño moral», concluye.