Condenada por destrozar la vivienda de la que la echaron en Padrón por no pagar la renta

Xurxo Melchor
xurxo melchor SANTIAGO / LA VOZ

PADRÓN

PACO RODRÍGUEZ

Antes de entregar las llaves al dueño de la casa, la mujer rompió puertas, una lámpara, una mesilla y un armario

09 nov 2021 . Actualizado a las 21:52 h.

Hay inquilinos especialmente odiosos y que a no pagar la renta pactada por el alquiler de la vivienda le suman conductas aún más reprobables cuando el propietario consigue que un juzgado emita la correspondiente orden de desahucio. Son aquellos que antes de entregar las llaves de la casa provocan graves destrozos a modo de venganza, como le sucedió al dueño de un inmueble situado en la localidad de Carcacía (Padrón), que se encontró con numerosos daños por los que presentó denuncia y ha conseguido que la responsable sea condenada.

La primera sentencia contra la inquilina la dictó el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago el 17 de febrero de este año. En ella, condenaba a la acusada por un delito de daños al pago de una multa de 823,5 euros y le obligaba a indemnizar a la víctima en la cantidad en la que se cuantificaron los destrozos que provocó en la casa: 1.555,80 euros más los intereses legales correspondientes y el pago de las costas procesales.

La acusada presentó un recurso de apelación contra el fallo ante la sección sexta de la Audiencia Provincial, que es la que tiene su sede en Santiago, que sin embargo lo ha rechazado confirmando en todos sus términos la sentencia de primera instancia.

Los hechos que así han quedado probados señalan que en una fecha indeterminada pero anterior al 27 de marzo del 2019, la acusada hizo entrega al propietario de las llaves de la casa que le había alquilado en Carcacía. Vivió en ella en este régimen desde el 31 de marzo del año 2016, pero el contrato tuvo que resolverse judicialmente por el impago de la renta.

Antes de salir del inmueble, y con ánimo de menoscabar la propiedad ajena, la mujer «causó graves daños en la vivienda consistentes en el arrancamiento de la guarnición de la puerta del salón y el desenganche de su picaporte, el arrancamiento de una puerta del mueble del fregadero y de varios balaustres del pasamanos de la escalera de acceso a la primera planta y la rotura de un peldaño de mármol», así como —añade la resolución judicial— «la rotura del paño interior de la puerta de una de las habitaciones, el arrancamiento parcial de una lámpara, daños en la mesilla y el armario de otra habitación y la retirada de los apliques del techo del bajo cubierta».

La única justificación que dio la ahora condenada fue que algunos daños en muebles los habían causado los problemas de humedad que aseguraba que tenía la vivienda.

La Guardia Civil registró todos los desperfectos y los fotografió 

A la hora de justificar su recurso ante la Audiencia Provincial, la acusada negó ser la autora de los destrozos y afirmó que no existían pruebas de que los hubiese causado ella.

El tribunal provincial, como ya hizo antes la jueza de lo Penal, no dan ningún crédito a estos argumentos y le recuerdan que era ella la que disponía de la casa porque tenía las llaves y que cuando el dueño y la Guardia Civil acudieron a ella para inspeccionar el estado en el que había quedado «no existía indicio alguno de forzamiento de puertas o ventanas que pudiera llevar a pensar que un tercero, ajeno a la acusada y al denunciante, pudiera haber entrado».

Además, la Audiencia Provincial compostelana considera que los daños apreciados no son propios del mero uso, desgaste o problema de humedad «sino que son reveladores de la intención de dañar, menoscabar la propiedad ajena».

Los daños, recuerda también el tribunal a la hora de rechazar el recurso, quedaron «perfectamente objetivados en la diligencia de inspección ocular y reportaje fotográfico» que tres días después de la entrega de las llaves por parte de la acusada realizó la Guardia Civil.