El juicio contra la mujer que mató a dos ancianos en Arzúa deberá repetirse

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO

ARZÚA

XOÁN A. SOLER

El TSXG declara nula la vista y la sentencia, que decretó el ingreso en un centro psiquiátrico de la acusada por un máximo de treinta años

04 jul 2020 . Actualizado a las 12:35 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nulos el juicio y la sentencia dictada contra la mujer que, por haber sufrido un brote psicótico, en la madrugada del 27 de julio del 2016 mató a cuchilladas a dos ancianos a los que cuidaba en Arzúa y que residían en una casa situada muy cerca de la suya y dentro de la misma finca, en la parroquia de Figueiroa. La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña la absolvió de los crímenes por entender que, en ese momento, la acusada tenía anuladas por completo sus facultades mentales, pero dictó como medida de seguridad que quedara ingresada por un máximo de treinta años en un centro psiquiátrico.

La defensa de la mujer presentó recurso de apelación que ha estimado el TSXG, por lo que la causa debe volver a la Audiencia coruñesa para que se celebre un nuevo juicio con diferentes jurados y magistrado presidente.

Objeto del veredicto

El Tribunal Superior considera que el presidente de la sala tuvo que haber devuelto el objeto del veredicto porque algunos de los hechos, como todos los relativos a la secuencia por la que la mujer acuchilló a los ancianos mientras dormían, se dieron por probados «exclusivamente en atención a lo que supuestamente les dijo la acusada a los peritos forenses en cuanto a si cometió o no el delito». Esa declaración autoinculpatoria fue declarada nula por el magistrado que presidió el juicio pero, según el TSXG, el juez «pretendió subsanar con otras pruebas no tenidas en cuenta por el jurado».

Al declararse nulo el juicio, el Tribunal Superior gallego no se pronuncia sobre otra de las peticiones que había presentado la defensa de la acusada, que no estaba de acuerdo en que tuviese que ingresar en una clínica psiquiátrica porque considerada que podía seguir el tratamiento y someterse a la inspección clínico de forma ambulatoria y estando en su casa.