El TSXG condena a la USC y la obliga a negociar con los sindicatos su plan de acción social

La Voz

SANTIAGO

Alumnos, paseando por el Campus Vida de la USC
Alumnos, paseando por el Campus Vida de la USC PACO RODRÍGUEZ

Desde CC.OO. explican que tienen que indemnizarlos con 4.000 euros por vulneración del derecho a la negociación colectiva

29 mar 2023 . Actualizado a las 13:48 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha vuelto a condenar a la Universidade de Santiago de Compostela (USC) a negociar con los sindicatos las aportaciones que realiza al plan de acción social del Personal de Administración e Servizos (PAS) que tienen vínculo laboral con la entidad. Así lo afirman desde CC.OO., que destaca que hay 543 personas afectadas, según recoge la sentencia. El tribunal le da a la USC un plazo de 30 días para abrir un proceso de negociación en el que se acuerden las cuantías del plan del 2021. 

Según esta nueva sentencia a la que hace mención CC.OO, la USC ha vulnerado lo escrito en el convenio colectivo en lo referente al derecho de los trabajadores a la negociación colectiva. Según el artículo 87, la entidad está obligada a constituir un fondo para el PAS equivalente al 1 % de su masa salarial. Este fondo se utiliza para financiar un seguro que cubra invalideces, muertes o para realizar aportaciones a un plan de pensiones privado

Sin embargo, apunta CC.OO. que la USC ha intentado desvincularse de esta obligación tirando de la ley de presupuestos de Galicia que la forzaba a tomar medidas de contención salarial. Para el TSXG, «lonxe de constituír un obstáculo, pon en evidencia o incumprimento da norma pactada, que ten forza vinculante, obrigando as partes que o concertaron ao seu estrito cumprimento». En el texto también se afirma que la actuación de la USC «parece máis ben encamiñada a bloquear e impoñer rixidamente a súa decisión de non continuar coas achegas [...] sen ofrecer alternativas»

Para el sindicato, la USC cometió estas vulneraciones con conocimiento de que había una sentencia previa sobre los mismos hechos. Por esta razón, el TSXG la obliga a indemnizar a CC.OO en 4.000 euros, así como a abrir un plazo de 30 días para que negocie con la parte sindical las aportaciones correspondientes. Durante el período 2018-2020, «resultou unha contía de 841 euros por cada un dos partícipes», destacan fuentes sindicales.

Sobre el fallo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque desde la USC destacaron que «os servizos xurídicos están valorando o contido e implicacións derivadas da sentenza para así poder adoptar a media que corresponda».