Empate a los puntos en el caso Mahía

Xurxo Melchor
xurxo melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

PACO RODRÍGUEZ

El juicio que enfrentó a los fundadores del que fue el gigante compostelano del ladrillo se salda con penas mínimas de cárcel y sin indemnización para el socio que denunció

12 jun 2020 . Actualizado a las 00:08 h.

Después de catorce años de dura batalla en los juzgados, el caso Mahía -el grupo empresarial que fue el gigante compostelano del ladrillo- ha acabado con un empate a los puntos que no deja satisfecho a ninguno de los socios enfrentados: Manuel Gómez Maroñas, el denunciante, y Ramón López Casal, el denunciado junto a dos de sus hijos y cuatro de sus empleados de confianza. La sentencia de la sección sexta de la Audiencia Provincial absuelve de todos los cargos a dos de ellos, Alicia Rodríguez Piñeiro y Pablo López Fernández. A los otros cuatro los condena, pero solo por apropiación indebida y, al aplicarles la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, las penas de cárcel son mínimas en comparación con las que solicitaba la Fiscalía. Sin embargo, todas superan los dos años y, por ello, suponen que, en principio, tendrán que ingresar en prisión aunque sea por poco tiempo.

Tampoco puede darse por vencedor de la pugna el socio que denunció. La sentencia sí estima probado que, como él aseguraba, López Casal urdió una trama para vaciar de activos las empresas en las que él participaba en favor de las nuevas que había creado a sus espaldas, pero el tribunal considera que cometió un error al reclamar para él personalmente la indemnización en concepto de responsabilidad civil y no para las empresas perjudicadas, por lo que le niega la compensación económica que solicitaba, que la Fiscalía había cifrado en ocho millones de euros pero que él elevaba a 80.

La pena más elevada es para Ramón López Casal, el principal acusado y que fue socio fundador de Mahía junto a Manuel Gómez Maroñas y a un tercero que ha fallecido. La Fiscalía le pedía doce años de cárcel y multa de 26.535 euros, pero finalmente ha sido condenado a tres años y dos meses de prisión y multa de 7.320 euros por un delito continuado de apropiación indebida en concurso medial con otro societario, pero le absuelven de administración desleal.

El tribunal considera probado que «autorizó e intervino en todas las operaciones de transferencias o transmisiones de activos que se han probado como delictivas», así como que «tenía conocimiento de dinero extracontable» y que «daba el visto bueno, como administrador, a los dosieres en los que constaba el pago en dinero b» e hizo posible el «falseamiento de las cuentas anuales y otros documentos al sustraer dichas cantidades de la contabilidad».

En definitiva, la Audiencia sitúa a López Casal como la personas que «diseña y materializa la despatrimonialización de las sociedades compartidas [con Maroñas] en favor de las que él controlaba o participaba de forma notoria», señala la extensa sentencia de 157 páginas.

La mano derecha de Ramón López, Pilar Encarnación Branco Illodo, y el que dirigía el departamento de contabilidad, Ignacio Rodríguez Peláez, han sido condenados a dos años y ocho meses de cárcel y multa de 2.440 euros, penas muy inferiores a las que reclamaba la Fiscalía, que eran de nueve años y nueve meses y multa de 26.535 euros.

Ambos son declarados cooperadores necesarios en la trama por la que su jefe se apropió de bienes del grupo para desviarlos hacia nuevas firmas en las que ya no figuraba Gómez Maroñas. De Branco Illodo dice que posibilitó el falseamiento de las cuentas y que realizó «una actividad imprescindible para la consumación de los comunes propósitos criminales asumidos por Ramón López», con el que estaba concertada previamente.

En cuanto a Rodríguez Peláez, la sentencia asegura que «su contabilidad opaca y su gestión contable económica y administrativa ha permitido y facilitado la despatrimonialización de las sociedades compartidas», así como que firmó los dosieres donde se constata la existencia de dinero negro y que no da razón de los millones no contabilizados posibilitando además el falseamiento de las cuentas.

Finalmente, a Marcos López Fernández, hijo del principal acusado, se le condena solo por apropiación indebida continuada, por lo que la pena aún baja más, hasta los dos años y dos meses de prisión y 2.135 euros de multa. No obstante, la sentencia estima probado que «realizó una actividad necesaria e imprescindible para la compraventa de solares» que posibilitaron vaciar de activos las sociedades en las que figuraba Maroñas como socio.

Un plan para quedarse con el dinero y los terrenos que eran del grupo

La sentencia entiende que Ramón López Casal, junto a los otro tres condenados, diseñó un plan que tenía por objeto trasladar los activos financieros y el patrimonio desde las empresas del grupo Mahía en las que figuraba el querellante como socio a las nuevas que había creado a espaldas de él. Para ello, se valieron de transmisiones de activos, solares y parcelas de forma que las firmas comunes no pudiesen desarrollar el negocio y de forma que el patrimonio común acabó en manos del socio denunciado.

Maroñas se da por satisfecho con la condena: «Para mí es más importante que el dinero»

Manuel Gómez Maroñas asegura estar satisfecho con la sentencia del caso Mahía, el grupo empresarial inmobiliario que fundó junto con el principal acusado. «Se ha hecho justicia, he podido demostrar después de tantos años que Ramón López usó al equipo de nuestras empresas para desvalijarlas, eso es un hecho probado y para mí mucho más importante que el dinero». En cuanto a la negativa de la Audiencia de Santiago a concederle la millonaria indemnización que reclamaba, entiende que esa es una puerta que no está aún cerrada y que podrá obtener esa compensación a través del recurso de casación que presentarán ante el Tribunal Supremo «o con las acciones que están estudiando los abogados».

Respecto a que el tribunal señale en la sentencia que no le concede indemnización porque no debió pedirla en su favor sino en el de sus empresas, Maroñas asegura que «lo que desde luego no voy a hacer, ni quise hacer en ningún momento, es pedir el dinero para las sociedades porque entonces, como ya dijo la fiscala al final del juicio, si el dinero de la indemnización entra en las sociedades que administran ellos, no voy a ver un euro».

Su letrado, Ulises Bértolo, adelanta que no descartan solicitar la responsabilidad civil a través de las sociedades compartidas, pero que no están de acuerdo con ello, «porque entendemos perfectamente factible que la indemnización sea otorgada al socio y no a las sociedades», algo que rechazó el tribunal. «Insistiremos pues en la vía de recurso para que se le entreguen directamente las indemnizaciones al socio, tal y como solicitó también el ministerio fiscal en su informe final», añade el abogado.

Ramón López Casal y los otros tres condenados también tienen intención de presentar recurso ante el Tribunal Supremo.