El coste de ponerse bravo tras un accidente de tráfico: 1.100 euros

x. melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

SANDRA ALONSO

Un conductor tendrá que pagar una multa e indemnizar a la mujer a la que insultó tras chocar con ella

04 may 2020 . Actualizado a las 22:47 h.

Por desgracia, no es una escena poco habitual en las calles de la ciudades. Tras un accidente, uno o ambos de los conductores implicados se enzarzan en una airada discusión que a veces pasa de los insultos a las manos. Una situación parecida es la que vivió una mujer que sufrió un percance de tráfico en la calle de A Rosa de Santiago y que vio como el hombre del vehículo con el que había chocado la insultó gravemente e incluso la zarandeó. El asunto terminó en los juzgados con mal final para el conductor que se puso tan bravo, que tendrá que pagar una multa de 900 euros como condenado por un delito leve de lesiones e indemnizar a la denunciante con otros 210 euros. La agresiva chulería le saldrá por tanto por un total de 1.100 euros.

El accidente se produjo el 29 de diciembre del 2018 y, según declara probado la sentencia de primera instancia del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago, «a reacción do acusado foi de moita alteración e nerviosismo, comezando a insultar grave e continuamente á denunciante». La mujer no salió de su vehículo, por lo que el hombre fue hasta allí y, como la ventanilla estaba bajada, «introducindo parte do seu corpo no coche, agarrou á denunciante polo xersei tirando del, mentres ela intentaba soltarse», momento en el que él le agarró la mano con fuerza hasta que intervinieron varias personas que habían presenciado el incidente.

Sin embargo, y pese a la presencia de esos testigos que trataban de calmar los ánimos, el acusado no dejó de insultar y de gritar improperios a la mujer hasta que llegó la Policía Local. A consecuencia del mal trago que tuvo que pasar, la denunciante presentó lesiones consistentes en traumatismo en el tercer dedo de la mano derecha, herida que tardó siete días en sanar del todo.

Las reglas del Código Penal

El condenado decidió recurrir esa sentencia ante la sección compostelana de la Audiencia Provincial que, sin embargo, acaba de confirmarla manteniendo tanto la multa como la indemnización que se estableció y que la defensa del condenado consideraba no proporcionada a los hechos, algo que el tribunal de apelación refuta destacando que se enmarcan dentro de las reglas contenidas en el Código Penal.

También considera la sección sexta de la Audiencia, que es la que tiene su sede en Santiago, que no cabe atender a las pegas que puso la defensa del acusado respecto a la versión de la denunciante, que estima «persistente y verosímil» porque no hubo «modificaciones esenciales en las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima sin contradecirse ni desdecirse» con una «constancia sustancial de las diversas declaraciones».