Además del IBI, donde se dan los cambios más sustanciales, las ordenanzas fiscales recogen cambios en algunas bonificaciones e introducen otras, junto con ajustes normativos para la simplificación administrativa de su gestión.
impulso al empleo
Bonificaciones en IBI, IAE e ICIO. En los impuestos de bienes inmuebles (IBI), actividades económicas (IAE) y construcciones, instalaciones y obras (ICIO) habrá bonificaciones de hasta el 95 % para la implantación de nuevas empresas y la ampliación de las existentes, siempre que generen empleo indefinido y de calidad. El período de carencia para el IBI y el IAE será de tres años, salvo para las empresas de los sectores de la biotecnología y la madera, que llegará a cinco, al considerarlos estratégicos para la ciudad.
actividades económicas
Energías renovables. Además de las ayudas del IAE vinculadas a la generación de empleo (incrementos del 15, 30 y 45 % actuales al 20, 35, y 50 %), se introduce una bonificación nueva del 50 % para las empresas situadas en el polígono industrial que empleen o produzcan energías renovables o que cuenten con un plan de transporte colectivo o compartido.
Construcciones
Vivienda protegida. En el ICIO suben además los porcentajes de bonificaciones (del 30 al 50 %) para fomentar la construcción de viviendas de protección autonómica y para el acondicionamiento o adaptación (pasa del 50 al 75 %) de construcciones existentes para el acceso y habitabilidad de personas con discapacidad.
Ajustes normativos
Notificaciones al Catastro. Se introducen ajustes de las normas de gestión para incrementar la seguridad jurídica y la simplificación administrativa. Para facilitar el aplazamiento o fraccionamiento a quienes tengan voluntad de pagar pero se encuentren en dificultades para obtener aval bancario, se incrementan los importes de los tramos en los que se exige ese requisito. Y se exime al contribuyente de la obligación de comunicar al Catastro las alteraciones en sus bienes. Ya lo hará directamente el Concello.