Otra sentencia obliga a la USC a dar un título sin el requisito del B1

Tamara Montero
tamara montero SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

NOELIA P. OUBEL

Se hace pública después de que la Universidade optase por retirar la exigencia

11 jun 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Se hace pública después de que la USC decidiese dejar de exigir ese requisito, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha vuelto a fallar en contra de la institución sobre la necesidad de acreditar un nivel B1 de un idioma para poder graduarse. En este caso, la sentencia es referida a un título de Psicoloxía y el alto tribunal atiende el recurso de apelación y revoca la decisión del juzgado contencioso de número 2 de Santiago, que sí había dado la razón a la USC, que se negó en abril del 2018 a expedir el título porque no se había acreditado el conocimiento de idioma.

El caso es ligeramente distinto al de la sentencia de marzo del 2018, pero el alto tribunal sigue la línea argumental de aquel fallo y cuestiona que la publicación de la modificación del plan operada por la USC para incluir el requisito de idioma «pueda considerarse válida y eficaz sin incorporarse al plan de estudios publicado en su día en el BOE» y, sobre todo sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado y el DOG, cosa que no ocurrió y que exige el decreto que marca el proceso de modificación de títulos.

No es el único argumento que esgrime el TSXG para obligar a la USC a expedir el título. También cree que la exigencia de acreditar un nivel B1 de una lengua extranjera no se puede aplicar con carácter retroactivo y cuando este universitario inició sus estudios, en septiembre del 2013, todavía no se había realizado la modificación del plan de estudios para introducir el requisito de idioma -que se realizó en febrero del 2014-, con lo que no puede aplicársele tal exigencia.

Mil personas en espera

La valedora mostró ayer su alegría por que la USC haya tomado la decisión de retirar el requisito, con lo se podrá expedir ahora el título a alrededor de mil universitarios a los que solo les faltaba ese requisito. La valedora confía en que estas nuevas medidas con carácter retroactivo «se fagan con todas as garantías» y que los planes docentes vayan incorporando progresivamente los conocimientos complementarios de idioma, que a partir de ahora serán un mérito que aparecerá en el expediente, en las certificaciones y en el Suplemento Europeo al Título, y puede servir para obtener créditos transversales.

En octubre del 2015 el Valedor hizo una recomendación a la USC en la que ya le pedía que retirase el requisito, pero que a pesar de que la Universidade la aceptó, jamás la aplicó, con lo que el asunto acabó en los tribunales, que dieron la razón a un estudiante de Historia. La institución del Valedor considera que no cabe «supeditar a expedición dun título universitario oficial a esixencias de coñecementos transversais á marxe do plan de estudos oficiais», un argumento que el actual equipo de gobierno comparte y lo llevó presentar esta medida al claustro, que la apoyó, y que fue ratificada en un Consello de Goberno.