Pasaportes

Cristóbal Ramírez

SANTIAGO

20 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La normativa es en ocasiones tan sorprendente que a un profano le parece hasta absurda. Por ejemplo, para ir a sacarle el pasaporte a un hijo menor de edad deben estar presentes los padres (o uno de ellos con la autorización de notario, cónsul o alcalde para justificar la ausencia del otro). Algo comprensible con divorcio por medio, pero teniendo en cuenta que -hasta donde yo sé- la única discrepancia seria del arriba firmante con su mujer se centra en la dudosa oportunidad de haber colocado un lavavajillas en el sancta santorum del hogar, solicitar permiso en el trabajo para salir parece algo exagerado.

Pero hete aquí el que el funcionario o como sea su estatus laboral -correcto y muy diligente, lo que parece ser marca de la casa- pide a los padres su identificación. Lógico. Mi mujer muestra su DNI. Yo, mi pasaporte. Ambos en vigor. Y el funcionario o lo que sea se niega de manera radical a aceptar este último.

Uno le explica que el pasaporte me lo dieron ellos, lo hice en la mesa de al lado, me identifiqué con el DNI, tienen todos los datos en su ordenador y que aquí estoy, para que vea, además, que yo soy yo.

Todo es estéril. Así que hay que ir a casa y volver (37 kilómetros) con el DNI, sin pérdida de tiempo porque había que estar antes de la 1 o me vería obligado a pedir cita para otro día. Y el menor salió con su pasaporte.

Lo curioso es que, mire usted por donde, en la página del Ministerio de Asuntos Exteriores (español, por supuesto) dice que en los consulados valen tanto el DNI como en el pasaporte. Y en la de Policía, que en España solo el DNI, que como todo el mundo sabe presta menos servicio por el mundo adelante que un pasaporte. ¿Me lo explica alguien, por favor?