El 17 de junio del 2014, a las 14 horas, una mujer se encontraba en una finca que colinda o comparte con su hijo echando algún tipo de producto químico cuando apareció en el lugar su vástago, que inmediatamente le llamó la atención y le reprochó su comportamiento. Llegó a agarrar a su progenitora por los brazos y a zarandearla, momento en el que, al oír los gritos, apareció en escena una hija y hermana de los protagonistas, que salió en defensa de su madre interponiéndose entre ambos. El enfrentamiento terminó con ambas mujeres propinando bofetadas en la cara del hombre.
El incidente hizo que el varón sufriese una «causticación ocular bilateral leve (...), además de un pequeño corte en el labio inferior y arañazos en los brazos», señala la primera sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 2 de Santiago, que salomónicamente condenó tanto a la madre como a los dos hijos porque las dos mujeres también sufrieron hematomas y rasguños.
Los tres decidieron presentar recursos de apelación ante la sección sexta de la Audiencia Provincial, que es la que tiene su sede en Santiago. Este tribunal desestimó el de la madre, que queda así declarada culpable de un delito de lesiones con el agravante de parentesco. Tendrá que pagar una multa de 1.647 euros e indemnizar a su hijo con 1.034 euros por las heridas que le causó.
Sin embargo, los que sí ha admitido la Audiencia Provincial son los recursos de los dos hijos, que ahora quedan absueltos de las dos faltas de lesiones de las que habían sido condenados. Esta última resolución es ya firme, porque no cabe recurso.