El Supremo da la razón a Santos y el Estado deberá indemnizarla por el céntimo sanitario

x. m. santiago / la voz

SANTIAGO

La empresa recibirá 30.092 euros, además de los intereses acumulados

26 feb 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Entre los ocho primeros recursos resueltos por la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) por la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, el llamado céntimo sanitario, estaba el presentado por la empresa compostelana Santos Cocina y Baño SL. Como en los otros siete casos, el TS ha estimado la reclamación de esta firma, por lo que recibirá 30.092,54 euros, además de los intereses legales acumulados.

El recurso de Santos Cocina y Baño SL fue defendido por la letrada Cristina Pedrosa Leis, del despacho compostelano Rivas y Montero. En febrero del 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que la ley que autorizó el céntimo sanitario era contraria a la directiva comunitaria que regula el sector, en concreto la 92/12/CEE. Como en los otros siete casos ya resueltos, el recurso se interpuso contra la decisión del Consejo de Ministros de rechazar las solicitudes de responsabilidad patrimonial del Estado reclamadas por los miles de afectados. Hay 4.000 reclamaciones similares.