Doal reclama la concesión de la ORA como segunda clasificada

santiago / la VOZ

SANTIAGO

Setex dejará de gestionar la ORA cuando el Concello revoque el contrato que anuló el TSXG.
Setex dejará de gestionar la ORA cuando el Concello revoque el contrato que anuló el TSXG. sandra alonso< / span>

La firma ya alegara durante la licitación que Setex incumplía el pliego

08 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El Grupo Europeo de Servicios Doal, el segundo clasificado en el proceso de licitación de los servicios de la grúa y la ORA resuelto en enero del 2012 a favor de Setex Aparki, no comparte la lectura inicial que han hecho los servicios jurídicos del Ayuntamiento para la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anuló aquella adjudicación.

Aunque el gobierno local está pendiente todavía de que su asesoría jurídica le remita el informe definitivo, el avance del mismo que ya maneja la alcaldía descarta que haya que retrotraer el proceso de licitación al paso anterior a la adjudicación. Dada la nulidad del contrato que fija el alto tribunal gallego, se entiende que compete la convocatoria de nuevo concurso, si bien ante el escenario que ha abierto el fallo judicial incluso podría no irse a un nuevo procedimiento. La municipalización de ambos servicios es también una opción que está manejando Compostela Aberta.

Sin embargo, Doal, empresa del grupo Vendex y cuyo recurso dio lugar al pronunciamiento del alto tribunal gallego, entiende que «é evidente» que lo que corresponde tras ese fallo judicial es retrotraer el procedimiento al momento previo a la adjudicación y otorgarle esta al segundo clasificado. Así lo demanda en el recurso que ha presentado en el Ayuntamiento esta semana tras colegir de la sentencia del TSXG, revocatoria de la del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Santiago, que este ampara el contenido de su súplica en primera instancia. Además de solicitar la anulación de la adjudicación a Setex Aparki, aquella súplica demandaba que se acordase la adjudicación de la concesión al licitador siguiente con más puntuación.

Doal incluso sostiene que ese es el procedimiento apuntado por la mesa de contratación a mediados de noviembre del 2011, «en incuestionable acto propio», cuando abordó la reclamación que ya durante el proceso de licitación formuló esta empresa aduciendo que Setex incumplía con el pliego técnico al proponer una parcela para el depósito de vehículos que no alcanzaba la superficie mínima requerida.

Revocación del contrato

El director de la asesoría jurídica del Concello exponía entonces en la mesa de contratación que el propio pliego recoge que los requisitos sobre las parcelas deberán cumplirse por el adjudicatario del contrato y que «todas as cuestións a elas relativas deberán verificarse no momento da adxudicación e antes da sinatura do contrato, de tal xeito que se a empresa proposta non puidera cumprir as condicións fixadas no prego, quedará excluída e proporase como adxudicatario o seguinte na orde de puntuación».

Doal defiende que cualquier otra resolución que no contemple la concesión del contrato al segundo clasificado no solo sería «manifiestamente injusta», sino «desajustada a Derecho», y se reserva «cuantas acciones fuesen pertinentes en defensa de nuestros derechos».

El gobierno está pendiente de recibir el informe definitivo de sus servicios jurídicos para revocar la concesión a Setex y, pese al avance del que ya dispone, desconoce si será procedente pedir una aclaración de sentencia.