Condenan a 3 años de cárcel al atracador de la sucursal de Banesto en Concheiros

Xurxo Melchor
xurxo melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

Iba oculto con un gorro de lluvia y un pañuelo, pero tuvo que quitárselos para poder entrar y le grabó una cámara de seguridad

29 jul 2015 . Actualizado a las 04:00 h.

Tres años de cárcel es la pena que la sección compostelana de la Audiencia Provincial le ha impuesto al hombre que en agosto del 2013 entró en la sucursal de Banesto en la calle Concheiros de Santiago y tras gritar «esto es un atraco» y «dame el dinero» se llevó de la caja de caudales 3.020 euros en monedas de dos euros y billetes de diferente valor.

Inicialmente, el juzgado de lo penal de Santiago que vio la causa sentenció al atracador a tres años y medio de cárcel, pero el condenado presentó un recurso de apelación ante la Audiencia que ha sido estimado parcialmente rebajando la pena en seis meses. Ha tenido en cuenta el tribunal provincial que el acusado es politoxicómano desde hace veinte años y que presenta un elevado déficit de control de su adicción, por lo que le han aplicado este atenuante.

Identificación

El día del atraco, el condenado se presentó en la sucursal bancaria oculto con un gorro de lluvia y un pañuelo con la intención de no ser reconocido. Sin embargo, el subdirector de la oficina le pidió que se descubriese antes de entrar en el local, lo que permitió que las cámaras de seguridad le grabasen y fuese posible identificar «de forma suficiente» -señala la sentencia- al atracador.

Además, el acusado es una persona muy conocida por la policía por su amplio y extenso historial delictivo. También el tribunal considera probada la autoría del delito por el condenado por la identificación que hizo durante la fase de investigación el subdirector de la oficina, «que pudo ver de frente al acusado el día de los hechos y que lo reconoce en el reportaje fotográfico [que le muestran en Comisaría] aunque albergue alguna duda, lo que unido a las imágenes [de la cámara de seguridad] no arrojan la posibilidad de una interpretación contraria a los hechos acontecidos y considerados probados», señala la sentencia.

Por contra, y a pesar de que los testigos hablaron de que el atracador portaba una pistola, como no se recuperó y no se ha podido probar este hecho no se le ha aplicado este agravante.