Sobreseída la causa del policía Carril contra Currás y Conde Roa

i. c. santiago / la voz

SANTIAGO

Conde Roa y Currás (en la foto de archivo, en un pleno) siguen imputados en el caso Pokémon.
Conde Roa y Currás (en la foto de archivo, en un pleno) siguen imputados en el caso Pokémon. s. alonso< / span>

La jueza mantiene la imputación de Albino Vázquez, Espadas, Hinojosa, el jefe de Protección Civil y un guardia

06 nov 2014 . Actualizado a las 14:46 h.

Gerardo Conde Roa y Ángel Currás Fernández han sido liberados de la imputación que pesaba sobre ellos a consecuencia de la denuncia de prevaricación y acoso moral presentada por José Antonio Carril, subjefe de la Policía Local de Santiago. En un auto dictado ayer, Ana López-Suevos, magistrada del Juzgado de Instrucción número 1, descarta que las escuchas del caso Pokémon que en noviembre del 2013 motivaron la reapertura de la causa contra los dos exregidores (sobreseída mes y medio antes) puedan fundamentar la implicación de ambos en una trama urdida contra el mando policial.

Sin embargo, el caso sigue abierto en lo que respecta a los restantes imputados: por presunta prevaricación, contra el exconcejal de Seguridade Cidadá, Albino Vázquez; y por acoso moral contra el mismo exedil y contra el exjefe de gabinete de Conde Roa, Ángel Espadas; la excoordinadora de Seguridade del Concello, Mar Hinojosa; el jefe local de Protección Civil, Miguel Ángel Seoane Otero; y el guardia civil número Y-23362-L, quien presuntamente impuso en un solo día, el 2 de abril del 2012, cinco multas de tráfico a Vanessa Carril Lopo, hija del policía.

Tras refererise, como detonante del caso, a la supuesta negativa de José Antonio Carril a hacer desaparecer el expediente incoado contra Ángel Espadas por quedarse dormido y ebrio al volante en un semáforo en marzo del 2011, la jueza exime de responsabilidad a los dos exalcaldes. Respecto a Conde Roa, afirma que «é posíbel» que estuviese «fondamente molesto» por la negativa de Carril a destruir el atestado sobre Ángel Espadas, pero «non hai probas de que materializase esa posíbel animadversión en actos concretos», a excepción de un incidente ocurrido en octubre del 2011, cuando el exregidor habría reprendido al mando policial por el fracaso de un dispositivo especial de tráfico experimentado el día anterior en los accesos del Multiusos de Sar con motivo de un partido de baloncesto del Obradoiro.

A espaldas de Currás

López-Suevos afirma, tras analizar las actas de las juntas de gobierno, que ni a Conde ni a Currás se les puede imputar responsabilidad en los acuerdos para designar al policía local José Manuel Traba como sustituto del jefe del cuerpo, Norberto Villaverde, en vez de a Carril, porque no consta que fueran informados formalmente de la designación por los ediles responsables.

La magistrada añade que Ángel Currás, alcalde durante la mayor parte del tiempo al que se refieren los hechos denunciados como acoso moral -Conde Roa había dimitido en abril del 2012-, «malia ser o señor Vázquez Aldrey e a señora Hinojosa os seus inferiores xerárquicos, todo apunta a que non tivo coñecemento da estratexia despregada por aqueles». También señala que las conversaciones grabadas ponen de manifiesto que Currás «advertiu» a Vázquez que «non estaba de acordo coa incoación do expediente disciplinario, recomendándolle limitarse á apertura dun expediente informativo». La advertencia fue ignorada.

López-Suevos censura procedimientos «inadmisibeis» respecto a los expedientes disciplinarios contra Carril que «agora si consideramos poden ser expoñentes dun proceso de acoso moral». La jueza alude a denuncias con datos falsos, la obtención de fotografías con la colaboración de miembros de la Guardia Civil, la introducción de datos fácticos inciertos o la supuesta persecución contra la hija del subjefe. «É máis, incluso pode afirmarse que o señor Albino e a señora Mar deseñaron un plan destinado a ocultar ao señor Currás as decisións que ían tomando en relación co señor Carril», concluye.