La Junta Electoral acredita como concejales a los no electos que el PP propuso para el gobierno de Santiago

Rosa Martínez SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

El Ayuntamiento podrá convocar el pleno cuando reciba las credenciales

03 jul 2014 . Actualizado a las 04:18 h.

El exconselleiro de Medio Ambiente Agustín Hernández tiene ya vía libre para conformar el nuevo gobierno municipal de Santiago después de que la Junta Electoral Central decidiese ayer desestimar las alegaciones presentadas por socialistas y nacionalistas contra la designación de concejales no electos para ocupar siete de las nueve vacantes que tiene el Partido Popular en la corporación local.

El órgano electoral ha resuelto expedir sus acreditaciones, que podrían estar en el Concello hoy o mañana, lo que le permitirá convocar ya el pleno en el que se resolverá su toma de posesión, la de Agustín Hernández y Marta González -cuya proclamación no se vio afectada por este proceso al haber formado parte de la lista electoral del PP en los comicios del 2011- y el relevo en la alcaldía de Ángel Currás por quien hasta hace unos días era conselleiro de Medio Ambiente.

La Junta Electoral justifica su decisión en que su función se debe limitar a verificar la regularidad del procedimiento previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), el que admite la entrada en las corporaciones locales de concejales que no se han sometido al escrutinio de las urnas. Es decir, a comprobar si la renuncia formulada por los ediles dimisionarios se ha hecho «de forma clara e incondicionada», si el pleno municipal ha tomado conocimiento de ello y si los candidatos propuestos «han cumplido los requisitos de elegibilidad exigidos por la Loreg».

Y de su resolución se concluye que así ha sido. Por contra, mantiene, «como reconoce una de las formaciones» que han planteado las alegaciones, que no le corresponde a ella «llevar a cabo el control de constitucionalidad de las previsiones que el legislador ha establecido en el artículo 182.2 de la Loreg», la cuestión de fondo que tanto socialistas como nacionalistas plantearon en sus reclamaciones.

La Junta Electoral Central rechazó también los argumentos de la oposición de que si se llegó a la necesidad de recurrir a personas no electas fue únicamente por decisión del propio Partido Popular de hacer correr su lista, que todavía no se había agotado, lo que produciría «un fraude de ley» y «un resultado manifiestamente antidemocrático». El órgano electoral afirma, en base a una reciente sentencia del Tribunal Constitucional a la que también apeló el Partido Popular en la alegación que formuló contra las de la oposición, que «aun cuando la decisión política hubiese sido adoptada por los órganos de esta formación política, la aceptación por los interesados hace que esta decisión deba atribuirse a su libre voluntad».

La oposición, a la que no ha sorprendido la decisión de la Junta Electoral, recurrirá. Llegará incluso al Tribunal Constitucional, si fuese necesario, porque quiere que se clarifique la constitucionalidad de utilizar un artículo reformado en su día en la lucha «contra o terrorismo» como vía ordinaria de acceso de ediles no electos a las corporaciones locales. Agustín Hernández, por su parte, solo espera que esa decisión «non limite nin afecte ao normal desenvolvemento da cidade».

La oposición recurrirá y llegará al Tribunal Constitucional si es necesario