El PP alega que si la oposición ve «fraude» en Santiago debería probarlo

Europa Press

SANTIAGO

En el documento presentado hoy ante la JEC se defiende que Hernández no necesitaría del voto de los ediles no electos para ser elegido alcalde

30 jun 2014 . Actualizado a las 21:09 h.

El PP defiende en sus alegaciones ante la Junta Electoral Central (JEC) que no hay causa de inelegibilidad para los nuevos ediles de Santiago, acusa a la oposición de pretender «pervertir» la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) y niega cualquier coacción a los miembros de la lista popular del 2011 que renunciaron para añadir, además, que a quien denuncia «fraude de ley» le incumbe aportar «la carga de prueba».

En el documento de alegaciones presentado este lunes por los populares ante la JEC se expone que los escritos de PSOE y BNG sólo podrían «denunciar irregularidades que impidan el nombramiento» de las personas propuestas y autorizadas en la resolución de la junta publicada en el Boletín Oficial del Estado y que, en este caso, lo alegado no se ajusta a esta premisa.

En concreto, los populares esgrimen que lo alegado «no cuestiona la existencia de causas de inelegibilidad o incompatibilidad o la prestación del consentimiento expreso de aceptación de la designación», sino cuestiones «completamente ajenas» al procedimiento de sustitución de ediles o «carentes de fundamento jurídico o material alguno».

Como directriz inicial señalan que la designación de los fichajes de Agustín Hernández, relevo para Ángel Currás en la Alcaldía, se ajustan a la «normativa vigente», puesto que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) recoge en su artículo 182.2 la posibilidad de que las vacantes de ediles por «fallecimiento, incapacitación o renuncia» serán cubiertas «por cualquier ciudadano mayor de edad que no esté incurso en causa de inelegibilidad».

Así, sus alegaciones constatan que «se pretende» por parte de los representantes de PSOE y BNG realizar «una perversión» de la doctrina del TC «desvirtuando completamente» sus pronunciamientos en relación a la aplicación de este artículo al apelar a una sentencia que anula el nombramiento de concejales no electos a mayores de los que ya están en el ayuntamiento, caso en el que incurrieron varios consistorios españoles.

Frente a ello, el PP aclara que en este caso no se está optando por esta vía -se habla de cubrir vacantes cuando el resto de miembros de la lista (a excepción del propio Hernández y de la diputada Marta González) ya han renunciado- y rechaza también que se trate a un caso equiparable al del alcalde de Cudillero anulado por el Constitucional, toda vez que el sustituto de Currás sí iba en la lista popular en 2011 (de número 25).

«No necesitaría» a los ediles no electos

Por otra parte, los populares consideran que «carece de sentido alguno» el alegato realizado respecto de que siete personas decidirán quien será el nuevo alcalde y que se producirá «una vulneración» de la Constitución, que incide en que los ciudadanos son los que deben elegir a sus representantes.

Así, recuerdan que el PP obtuvo en los últimos comicios locales la mayoría absoluta y que su grupo está compuesto por 13 concejales, frente a los nueve del PSOE y tres del BNG, para añadir que, de acuerdo con el artículo 196 de la Loreg y la doctrina de la JEC y del TC puede ser alcalde «cualquier integrante de la lista electoral».

Agregan que en el supuesto de que ningún candidato hubiese obtenido la mayoría absoluta (13 votos en el Consistorio compostelano) resultaría proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido el mayor número de votos en el correspondiente municipio. Es decir, que el PP «no necesita mayoría absoluta, o lo que es lo mismo el voto de los concejales no electos, para elegir un nuevo alcalde de Santiago».

Al ser el partido más votado, el componente de la lista electoral que se proponga como candidato resultaría elegido alcalde «ante la imposibilidad de hecho de que cualquier otro candidato alcanzase la mayoría absoluta».

«Fraude de ley»

Sobre la acusación del BNG de «fraude de ley» y el argumento de que hubo «renuncias forzadas» por parte de candidatos que iban en la lista, el PP rebate que a quien denuncia fraude de ley «le corresponde la carga de la prueba».

«No nos consta ninguna denuncia por amenaza o coacciones de los miembros de la lista del PP que renunciaron al acta de concejal, ni siquiera una simple declaración o manifestación de que alguien les hubiese forzado a tomar posesión como concejal. En realidad, lo único constatable son sus renuncias efectuadas con total libertad y ratificadas ante el secretario del Ayuntamiento», remarcan.

En cuanto a la petición de la creación de una comisión gestora para llevar las riendas del Ayuntamiento de Santiago, se replica con jurisprudencia de una sentencia del TC que determina que en la medida en que se puedan cubrir las vacantes de concejales conforme a la Loreg «el municipio continuará funcionando de forma ordinaria, sin necesidad de constituir una comisión gestora».

Por todo ello y, tras reiterar que ninguno de los propuestos están incursos en causa de inelegibilidad, los populares solicitan que la JEC admita a trámite este escrito y desestime las alegaciones registradas por PSOE y BNG.