Absuelto de un delito de incendio un hombre que llevaba 14 mecheros en su coche

SANTIAGO

SANDRA ALONSO

La sala compostelana de la Audiencia Provincial dice que el hallazgo de los encendedores y de una lata que contuvo gasolina en el coche de José Ramón Gallego no prueban que el acusado prendiera fuego en un monte de Ames en el 2006

15 ene 2013 . Actualizado a las 14:25 h.

No se puede establecer una relación directa entre tener catorce mecheros y ser un incendiario. Así lo considera la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, que ha absuelto a José Ramón Gallego Puente del delito de incendio del que estaba acusado. En una sentencia que firman los magistrados Ángel Pantín Reigada, Leonor Castro Calvo y José Ramón Sánchez Herrero, el tribunal dice que, si bien llama la atención el número de encendedores que llevaba en su vehículo el acusado en el momento de ser detenido, «ha de tenerse en cuenta que no puede establecerse un vínculo lógico entre esta acumulación y la provocación del incendio». Señalan asimismo que los exámenes psiquiátricos o psicológicos practicados al hombre ahora absuelto no arrojan como resultado «datos sugestivos de piromanía o patología análoga».

En el juicio celebrado en Santiago el pasado 12 de diciembre, el fiscal pedía diez años de prisión para José Ramón Gallego Puente por considerarlo autor del incendio que, el 4 de agosto del 2006, arrasó 170 hectáreas y amenazó a varias viviendas. La Audiencia determina que no se han aportado pruebas suficientes que permitan concluir que Gallego causó el fuego. Tampoco considera demostrada la utilización de acelerantes -sea gasolina u otro elemento- para provocar el fuego.