Anulan la multa de cien euros a una clienta que fumaba sin mascarilla

e. v. pita VIGO / LA VOZ

SANXENXO

ÓSCAR VÁZQUEZ

La sentencia relata que la mujer fumaba alejada a más de dos metros de distancia de cualquier persona

25 abr 2021 . Actualizado a las 19:32 h.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo anuló una multa de cien euros que impuso el Concello de Sanxenxo a una clienta viguesa como autora de una infracción leve porque no llevaba mascarilla en un espacio público el 5 de julio del 2020. La multa se la impuso la Policía Autonómica a las tres de la madrugada cuando la viguesa salió del pub Dux, de Sanxenxo, para fumar al aire libre en el puerto deportivo Juan Carlos I, junto a dos amigas con las que compartía piso.

La sentencia relata que la clienta fumaba alejada a más de dos metros de distancia de cualquier persona aunque la mascarilla no le cubría la boca ni la nariz. Esa noche, los agentes de la Policía Autonómica identificaron dentro y fuera del pub a numerosas personas y denunciaron a 35 por no llevar mascarilla, entre ellas la clienta que recurrió la multa.

Según la sentencia, la policía la denunció sin apercibirla previamente para que se colocase bien el cubrebocas y tampoco consta que la mujer hubiese desobedecido sus órdenes.

Según el juez, no había ni rastro de una ordenanza local que habilitase al Concello de Sanxenxo para sancionar a los peatones sin mascarilla ni dicha infracción se cometió dentro de ningún edificio o recinto. Por tanto, cree que la actuación estuvo viciada desde el principio.

El juez dice, además, que la acción de fumar es incompatible con llevar puesta la mascarilla. Cree que si la sancionada se iba a cubrir la cara tras fumar para regresar al local de ocio no tiene sentido multarla. Sobre todo, porque en aquel momento no había limitaciones para fumar y se permitió hacerlo hasta el 25 de agosto del 2020.