Adiós definitivo al playoff, la Federación vuelve a dar la razón al Castilla y aboca al Pontevedra a la vía judicial

Nieves D. Amil
nieves d. Amil PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

La presidenta del Pontevedra, Lupe Murillo, y el capitán del equipo, Álex González, el pasado sábado tras empatar contra el Avilés en Pasarón
La presidenta del Pontevedra, Lupe Murillo, y el capitán del equipo, Álex González, el pasado sábado tras empatar contra el Avilés en Pasarón ADRIÁN BAÚLDE

El Comité Nacional de Segunda Instancia pone fin a la temporada granate

29 may 2026 . Actualizado a las 16:16 h.

Lo hizo la primera vez y lo ratificó a última hora de este jueves el Comité Nacional de Segunda Instancia de la Federación Española de Fútbol al dar la quinta plaza al Real Madrid Castilla. Desestimó íntegramente el recurso interpuesto por el Pontevedra contra el juez único de competiciones no profesionales y lo aboca solo a la vía judicial.

El órgano dictamina que, una vez resuelta la posición de un club por puntos en enfrentamientos directos, este queda excluido para el siguiente criterio de diferencia de goles, el cual solo se aplica entre los equipos que sigan igualados. En consecuencia, se ratifica al Castilla como el quinto clasificado con derecho a disputar este viernes ante el Sabadell el primer partido de la fase de ascenso a Segunda División.

La resolución deja al filial merengue como quinto; al Pontevedra, en sexto lugar, y al Barakaldo, en séptimo. Además, deniega la medida cautelarísima de suspensión del playoff a Segunda División que solicitaba el conjunto granate «al resolverse el fondo del asunto mediante la presente resolución y al no concurrir los presupuestos necesarios para su adopción». Y este mismo documento, recuerda al Pontevedra que «la presente resolución agota la vía federativa, quedando expedita la vía jurisdiccional competente».

En su reclamación, el Pontevedra centró parte de su defensa en la interpretación de «entre ellos» del segundo criterio del artículo 12. Argumenta que ese «entre ellos» debía incluir inicialmente a los tres equipos igualados, pero establece criterios de desempate de carácter excluyente. Y solo se pasa al segundo criterio si dos equipos quedan empatados tras aplicar el primer punto. El artículo 29.3 del Reglamento indica que, además, que si una norma resuelve el empate de alguno de los equipos implicados, este quedará excluido para las siguientes normas. «La tesis del Pontevedra presupone que el artículo 12 incorpora un régimen de desempate que se aparta del artículo 29.3 del Reglamento de Competiciones en un extremo de sustancia: la subsistencia de los resultados de un club ya desempatado en el cálculo anterior», señala el escrito publicado en la noche de ayer.

Desde la Federación recalcan que tampoco pueden prosperar las alegaciones por «una interpretación favorable al club gallego» en las clasificaciones que se publicaron en redes sociales al término de las jornada 38 en las que se situaba al Pontevedra en quinta posición y al Castilla, en sexta. Advierte que son «meramente informativas». En esas alegaciones cita la clasificación en la jornada 37 en la que los granates estaban por encima del Real Madrid, pero la resolución señala que en ese momento solo se aplica el primer criterio. 

Al club le queda ahora recurrir a la vía judicial si quiere prosperar en la denuncia, pero la realidad es que esta temporada está ya fuera del playoff a Segunda División. El Pontevedra da por finalizada la temporada y en los próximos dias valorará si avanza con «las acciones judiciales en contra de esta decisión federativa».