La Justicia da la razón al Concello en una obra próxima al muro de Santa Clara

c. b. PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Las obras, acometidas en el 2016, se hicieron en el lateral más próximo al muro del convento de Santa Clara
Las obras, acometidas en el 2016, se hicieron en el lateral más próximo al muro del convento de Santa Clara RAMON LEIRO

06 jul 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) conocida ayer da la razón al Concello de Pontevedra en la pavimentación de la vía perimetral de la plaza de Barcelos, en el tramo de la calzada más próximo al muro de cierre de la huerta del convento de Santa Clara. Unos trabajos que se acometieron en marzo y abril del 2016.

La Consellería de Cultura impusiera al Concello una multa de 2.500 euros al entender que la obra afectaba al entorno de protección de un bien inventariado y que se había ejecutado sin su autorización. El Concello recurrió a la Justicia y la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Pontevedra le dio la razón. La consellería optó por recurrir al TSXG.

La sentencia del pasado 18 de junio desestima el recurso del departamento de la Xunta y confirma la resolución de instancia. La Xunta no justificó que el lugar donde se ejecutaron las obras formase parte del entorno de protección del bien inventariado. Lo que ratifica la sentencia es que se ha actuado fuera del bien catalogado, fuera de su huerta y fuera del muro de cierre de la parcela. «Es evidente que no se sanciona una intervención en un bien inventariado, porque las obras no afectaron el bien (iglesia-convento), ni siquiera el entorno más próximo a esta (huerta y muro), sino a un espacio de dominio público municipal», se dice.