El juzgado absuelve a los tres acusados de la operación Qátedra

Rocío Perez Ramos
Rocío Ramos LALÍN / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Guardia Civil

No le consta la incidencia en la concesión de las subvenciones que pudo tener que hubiera alumnos y docentes que constaran en los cursos sin ir

12 dic 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra absolvió a los tres presuntos implicados en la denominada operación Qátedra que investigaba supuestos fraudes en cursos de formación. La Fiscalía imputaba a dos hermanos, administradores de la firma Prosem, y a la mujer de uno de ellos, que trabajaba en la misma empresa, supuestos delitos de falsedad en documento oficial y pertenencia a grupo criminal. La jueza considera acreditado que los tres hacían constar en los cursos alumnado y profesorado que en realidad no habían participado en los cursos pero decreta su absolución alegando que «no consta la incidencia que ello haya tenido en la concesión de las subvenciones».

En la sentencia indica que «para hablar de una falsedad relevante penalmente, no basta con ello, es necesario acreditar la finalidad de tal falsedad y, en este caso, se desconoce qué relevancia o influencia ha tenido esta alteración de la verdad en la concesión de las subvenciones, incluso se desconoce si era necesario o no un número de alumnos concreto para impartir tales cursos».

En el fallo, la jueza da cuenta de que las clases fueron «efectivamente impartidas» y las ayudas públicas «otorgadas».

En cuanto a la acusación por supuesta pertenencia a organización criminal, entiende que tampoco quedó acreditada en la vista «la existencia de un entramado organizado para lograr fraudulentamente las subvenciones de la Administración autonómica».

La jueza considera que no concurrían los requisitos «para apreciarla» y señala que «la pertenencia a una organización no puede confundirse con la situación de coautoría o coparticipación» y que «la existencia de personas, aún coordinadas, no supone la existencia de una organización en cuanto aliud y plus, frente a la mera codelincuencia». En este caso, indica la jueza, ni se acreditó ni un entramado para obtener de forma fraudulenta las subvenciones de la Xunta «ni una jerarquización de funciones» indicando que en la vista solo declaró el representante de una empresa y que en el caso «no se ha observado más que la concurrencia de los tres acusados con decisión común en la ejecución de unos hechos de los que serían autores o partícipes».

En el fallo se da como probado que los tres acusados, a través de Prosem, organizaron e impartieron cursos de formación de trabajadores de diversas empresas, a las que ofrecían los cursos e informan de la existencia de subvenciones. «Haciéndose cargo en un caso de la tramitación administrativa y haciéndose constar en tales cursos, trabajadores que no habían participado en los mismos, con los datos relativos a los mismos y en ocasiones sus firmas y ello con el objeto de formar parte del expediente administrativo de subvención, sin que conste la incidencia que ello haya tenido en la concesión de la subvención», se añade.

Más de tres años de investigación con un atestado de más de 2.400 folios y 53 investigados

La operación Qátedra fue llevada

a cabo por la unidad de la Policía

Judicial de la Guardia Civil con sede en Lalín. La operación se inició el 25 de marzo del 2015 y en agosto tuvo lugar el primer registro. En julio del 2018, tras más de tres años de investigación, los agentes entregaban en el Juzgado de Instrucción número 1 de Lalín el último atestado ampliatorio conformado por un total de 2.427 folios. Hubo 28 detenidos y 25 investigados, que hacen un total de 53 personas.

Se investigaban presuntas irregularidades en cursos celebrados en los años 2010, 2011, 2012 y 2013 en diferentes empresas. El fiscal pedía para los tres acusados penas de tres años y siete meses de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo y el pago para cada uno de ellos de una multa durante 14 meses con una cuota diaria de treinta euros cada uno de los acusados (12.600 euros). Por el presunto delito de pertenencia a grupo criminal, la fiscalía demandaba para cada uno de ellos una pena de un año de prisión, un año de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para la organización o para impartir cursos de formación por un período de doce años y la disolución de la firma.

La jueza declaró de oficio el pago de las costas y contra la sentencia se puede interponer un recurso de apelación.