El Supremo confirma un caso de enchufismo en la Escola de Restauración

Cristina Barral Diéguez
Cristina Barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Ramón Leiro

La CIG pide la dimisión de la conselleira de Educación por connivencia. El caso se remonta al 2016 y ahora el alto tribunal no admite a trámite el recurso de casación de la Xunta

04 mar 2020 . Actualizado a las 19:50 h.

El Tribunal Supremo, en una providencia del 24 de febrero, inadmite a trámite el recurso de casación presentado por la Xunta contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que estima que hubo un caso de desviación de poder de la administración en la convocatoria, oferta y adjudicación de una plaza de una especialidad inexistente (de documento gráfico) en la Escola Superior de Conservación e Restauración de Bens Culturais de Galicia, con sede en Pontevedra. Contra la resolución del Supremo no cabe ningún recurso más.

El sindicato CIG-Ensino dio a conocer la providencia del Supremo y solicitó la dimisión de la conselleira de Educación, Carmen Pomar, por lo que califica de connivencia en ese caso de enchufe. La central denunció desde el primer momento un «escandaloso caso de enchufe» a la actual directora del Mupega y cuñada de Susana López Abella, exsecretaria xeral de Igualdade de la Xunta y candidata a las elecciones autonómicas del 5A por la provincia de Lugo. El secretario nacional de CIG-Ensino, Suso Bermello, y el secretario comarcal, Xacobe Rodríguez, afirmaron que la creación de una plaza inexistente en la Escola de Restauración se hizo para «colocar» a una funcionaria docente con destino en Asturias y cuñada de López Abella. Desde abril del 2016, la central promovió todos los recursos y acciones necesarias para anular un enchufe que la consellería mantuvo para «favorecer a unha docente que doutro xeito non podería obtener destino en Galicia ao non existir prazas da súa especialidade en ningún centro educativo». El favoritismo hacia esa profesora se había iniciado incluso dos años antes, en el 2014, cuando se pretendió, dijeron, colocarla irregularmente en una lista de personal interino.

La sentencia dictada por el TSXG en octubre del 2018, y que la Xunta recurrió sin éxito ante el Supremo, fue demoledora y reprodujo y dio por buenas todas las denuncias del modus operandi presentadas por la CIG. El alto tribunal gallego entendió que hubo desviación de poder en el proceder de la Administración. Textualmente, se dice en la resolución: «Esos indicios [...] conducen a concluir que estamos ante un claro caso de desviación de poder, una torcida actuación de la Administración tendente a alcanzar una finalidad contraria al ordenamiento jurídico. No existe una clara motivación que ampare la decisión de la Administración de ofertar la plaza conflictiva. No solo no se ha actuado con transparencia, sino que lo ha hecho con manifiesto ocultismo; ha impedido el acceso de la parte actora a la información que debe existir en todo procedimiento de selección». Se añade que la Xunta «no ha aportado razón alguna que justifique la convocatoria, oferta y adjudicación de la plaza controvertida, cuando tal especialidad no existe en esta comunidad autónoma, no resulta necesaria su impartición y la adjudicación supone la incorporación de una nueva profesora en detrimento de la calidad de la docencia y del funcionamiento interno de los departamentos». Se recoge en el fundamento séptimo de la sentencia que el proceder se hizo sin recabar informes de la inspección educativa y en contra del parecer de la dirección de la Escola de Restauración y con el desconocimiento de la Xefatura Territorial en Pontevedra.