En el banquillo acusada de cobrar durante veinte años la pensión de su abuelo fallecido

PONTEVEDRA CIUDAD

LÓPEZ PENIDE

La Fiscalía de Pontevedra reconoce que durante esas dos décadas el banco donde se realizaron los ingresos no hizo las comprobaciones que le marcaba la ley

07 jun 2019 . Actualizado a las 12:05 h.

Dos años de cárcel y seis de «perda da posibilidade de obter subvencións e do dereito de gozar de beneficios ou incentivos fiscais ou da Seguridade Social» son las penas que solicita el fiscal para una pontevedresa a la que acusa de estar cobrando durante veinte años la pensión de su abuelo fallecido.  A la muerte de su abuelo a comienzos de 1996, la acusada, «coa intención de obter un beneficio patrimonial», decidió no informar de los ocurrido a la Seguridad Social y a la entidad bancaria donde le ingresaban la pensión al fallecido. Esto determinó que, según añade el fiscal, que desde esa fecha y hasta octubre del 2016 se sucedieran los ingresos.

Desde el ministerio público estiman que «o total do indebidamente ingresado pola Seguridade Social na forma descrita ascendeu a 132.041,23 euros», así como remarcan que la encausada era la «única persoa autorizada na conta corrente do seu avó». El fiscal, asimismo, mantiene que durante esos veinte años «realizou múltiples operacións de reintegro en efectivo con cargo á conta na que se ingresaba indebidamente a pensión referida e domiciliou algúns recibos, incorporando ao seu patrimonio tódalas pensións percibidas indebidamente».  En todo caso, la Fiscalía de Pontevedra reconoce que no consta desde la muerte del abuelo de la acusada el banco realizase a comunicación anual de pervivencia «que lle obliga o art. 17.5 da Orde de 22 de febrero de 1996 para a aplicación e desenvolvemento do Regulamento Xeral da Xestión Financeira da Seguridade Social». Esto explica que se considere que el banco puede ser responsable civil subsidiario a la hora de abonar las indemnizaciones a la Seguridad Social.