Una sentencia eleva la indemnización por la tardanza en un diagnóstico de cáncer

Cristina Barral Diéguez
c. barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

07 jul 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) estima el recurso de la familia de un paciente de 59 años que falleció de cáncer gástrico en el 2013 en el Hospital do Salnés y eleva la cuantía de las indemnizaciones para la viuda y sus cuatro hijos. La Consellería de Sanidade había admitido en su día que se produjo una «demora injustificada» en la práctica de las pruebas necesarias para confirmar la sospecha diagnóstica y que hubo también un «atraso terapéutico», pero ahora la Justicia considera que cabe elevar las indemnizaciones.

En concreto, establece para la viuda la cantidad de 34.000 euros y 3.800 para cada uno de los hijos. La Administración sanitaria había reconocido 6.000 euros para la mujer y 1.200 para cada vástago. El fallo, que condena de forma solidaria al Sergas y a su aseguradora, revoca así una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra. La Administración entendió que la demora en el diagnóstico del adenocarcinoma de estómago fue de 4-5 meses, mientras que la familia sostiene que fue de 10 meses. Así, se afirma en la resolución que «no se ofrece explicación racional al hecho de que, tratándose de un cáncer agresivo y de muy mal pronóstico, sin embargo se demorase tanto la práctica de las pruebas para el diagnóstico definitivo». Por tanto, ese retraso es mayor que el reconocido por Sanidade y «puede reputarse relevante debido a que ha propiciado el avance en el estadio de la patología y, por consiguiente, le ha privado de las expectativas de una mayor prolongación de su vida y una superior eficacia de la terapia aplicada». Alude también a que la recurrente dependía económicamente de su marido y a que al sufrimiento por la pérdida de un ser querido se suman las condiciones del paciente en sus últimos momentos.