Pontevedra valora regular el uso de patinetes eléctricos y otros aparatos

Serxio Barral Álvarez
Serxio Barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

En la actualidad solo Lugo cuenta con una ordenanza específica en Galicia

25 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Su nombre técnico es «vehículo de movilidad personal» (VMP), y ha poblado las ciudades. Pontevedra no es una excepción. Patinetes eléctricos, «segways», monociclos, plataformas, «scooters» eléctricos,... hay multitud de aparatos de uso urbano e individual que cada vez son más habituales. Tienen tres ventajas claras a la hora de elegirlos como medio de transporte urbano: no contaminan, son rápidos y su uso es muy divertido, tanto que en muchos casos no está clara la línea que diferencia al juguete del vehículo. E incluso podría añadirse como cuarta ventaja, que no resultan excesivamente caros si se compara con una moto o no digamos con un coche.

El problema es que alguno de estos dispositivos puede alcanzar una velocidad de hasta 30 kilómetros por hora, y su uso carece de regulación. ¿Pueden ir por la calzada? ¿Ha de limitarse a la acera? ¿Por zonas peatonales? ¿Necesita el usuario llevar casco?

Son múltiples las preguntas que surgen, y los ayuntamientos se han puesto en marcha a la hora de analizar su regulación. Pontevedra no es una excepción, y desde la Policía Local ya se ha apuntado la necesidad de que habilitar una ordenanza o un bando que recoja el uso y las normas de circulación para este tipo de artefactos.

En realidad, Pontevedra estaría siguiendo en parte el paso de Lugo, que es la única ciudad gallega que se refiere en su normativa legal al uso de vehículos de movilidad personal, aunque solo se refiere a aparatos sin motor.

Existe cierto vacío legal por la falta de concreción de la Dirección General de Tráfico, que en un principio optó por vetar su uso en las aceras pero finalmente decidió dejar el asunto en manos de los ayuntamientos. No se descarta que el futuro reglamento de circulación de la DGT, en tramitación, haga mención a estos aparatos.

En cualquier caso, resulta evidente que Pontevedra tal vez sea una de las ciudades en donde se hace más necesario regular este tipo de actividad. Las zonas peatonales y, sobre todo, las zonas de convivencia entre tráfico rodado y peatonal, hacen más que imprescindible que existan unas normas claras.

En principio, se estaría valorando limitar su uso a las zonas por donde pasan peatonales a aquellos VMP que no sobrepasen los 20 kilómetros por hora. A una velocidad superior tendrían que ocupar la calzada.

En cualquier caso, sí está claro que no se prevé la prohibición del uso de este tipo de vehículos.

Provocan quejas

El manejo de estos aparatos necesita un evidente cuidado y el cumplimento de ciertas normas. Si no se realiza con plena consciencia, puede acabar desembocando en accidentes o, al menos, en sobresaltos. De hecho, los sustos derivados de la convivencia con estos elementos en el ámbito son uno de los motivos de quejas ciudadanas que se vienen repitiendo con cierta reiteración en los últimos tiempos.

Las ventajas son que no contaminan, son rápidos y resultan divertidos

La DGT planeó vetar su uso en las aceras, pero deja la decisión a los ayuntamientos

La ordenanza de Lugo habla de los vehículos de movilidad personal «sin motor»

El Concello de Lugo fue el primero en apuntar una regulación de este tipo de vehículos en una ordenanza aprobada en el 2013. Aún así solo contempla el uso de vehículos de movilidad personal «sin motor». Ni siquiera esta normativa relativamente reciente se anticipó al bum de los últimos años. El texto lucense especifica que «como norma xeral, os aparatos de mobilidade persoal sen motor non poderán circular pola calzada, farano unicamente polas beirarrúas e zonas peonís, e sempre que non haxa aglomeración de persoas, e non poderán invadir carrís de circulación, salvo que existan zonas, vías ou parte destas que lles estean especialmente destinadas. Deberán acomodar a súa marcha á dos peóns evitando en todo momento causar molestias ou crear perigo, e en ningún caso gozarán de prioridade respecto aos viandantes nin se permitirá que estes aparatos sexan arrastrados por outros vehículos».