Vigo pierde la batalla con Pontevedra y asumirá litigios por tutelas de la Xunta

e. v. pita VIGO / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

M. MORALEJO

Un auto de la Audiencia desbloquea casos que tenía paralizados el juez de familia

28 feb 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dictaminado que el juzgado de familia de Vigo tendrá que asumir la competencia sobre los litigios promovidos por padres que reclaman a la Consellería de Política Social de la Xunta que les devuelva la tutela de sus hijos. Decenas de casos fueron paralizados en el tribunal vigués mientras no se decidía si correspondía juzgarlos al magistrado de Vigo o al de Pontevedra. Tras el auto dictado por la sala respecto al primer caso, Vigo tendrá que asumir por primera vez en su historia estos pleitos, que antes recaían en la capital provincial.

Todo empezó cuando el Servicio de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de la Xunta, con sede en Vigo, declaró en junio del 2016 la situación de desamparo de dos hermanos menores de edad y acordó su tutela, que asumió Aldeas Infantiles SOS de Galicia, en Redondela. La Xunta requirió a los padres que entregasen a los menores pero se opusieron y presentaron una demanda ante el juzgado de primera instancia número 5 de Pontevedra. El juez se inhibió a favor de Vigo y ambos se declararon incompetentes para juzgarlo.

El juzgado de primera instancia número 12 de Vigo apeló a la Audiencia en octubre del 2016 y alegó su falta de competencia territorial para tramitar el procedimiento del padre que impugnó la tutela de su hijo por la Xunta. Hay más casos en estudio pero la Audiencia dio a conocer ayer la primera sentencia. Fuentes del juzgado de Vigo entienden que una vez que la Audiencia ha establecido un criterio «va a ser difícil que cambie porque sería contradecirse a sí misma». Por su parte, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) matiza que las próximas resoluciones dependerán de cada caso.

La Audiencia decidió que la competencia recayese en Vigo porque tiene sede la Administración que inició el expediente, así como el domicilio del demandante. Aunque la ley dice que la competencia ha de fijarse en las capitales de provincia, aclara que «excepcionalmente» también puede ser fuera de ellas.