Los despedidos por Cogami en A Estrada deberán ser indemnizados

Francisco Brea
fran brea A ESTRADA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

Manifestación en A Estrada contra los despidos.
Manifestación en A Estrada contra los despidos. m. souto< / span>

La jueza desacredita las razones esgrimidas por la empresa

17 sep 2014 . Actualizado a las 07:01 h.

La sentencia emitida el pasado día 4 de septiembre del 2014 por el Juzgado de lo Social Número 1 de Pontevedra considera los despidos efectuados por la empresa Rede Galega de Kioskos S. L., de cuatro trabajadores de A Estrada, como improcedentes por injustificados. Los hechos se remontan al 1 de agosto del 2013, cuando la empresa comunicó a los operarios su despido, atribuyendo deslealtad, abuso de confianza en las gestiones encomendadas y hurto. Lo que desde la dirección de Cogami alegaron en su acusación consistía principalmente en la consumición de productos del establecimiento por parte de los trabajadores sin que estos abonaran su importe. Este no es un caso único de A Estrada, ya que la empresa entre los meses de julio y agosto del 2013 usó los mismos motivos para despedir a más de veinte trabajadores también en Santiago y A Coruña.

Además del despido, Cogami en un primer momento interpusiera una demanda contra los trabajadores que el Juzgado de Instrucción Número 1 de A Estrada desestimó al entender que los trabajadores no tenían consciencia de que su conducta fuera ilícita. Se apuntó que los empleados, que poseían antigüedades laborales de entre siete y once años, siempre habían realizado un consumo moderado y ajustado a las necesidades del servicio con el consentimiento de la empresa. Pero lo que antes estaba permitido se alteró con el cambio de gerencia de la empresa que se produjo meses antes de los despidos, aunque la jueza cree que no existen pruebas de que los empleados fueran debidamente informados, por lo que continuaron con una práctica para ellos habitual. Por todo ello, y basándose en el principio de proporcionalidad, la magistrada entiende que las razones que alega la empresa no son proporcionados para ejecutar despidos justificados.

A la vista de los hechos, desde el Juzgado de lo Social Número 1 de Pontevedra deciden fallar a favor de los empleados y obligan a Rede Galega de Kioskos S. L. a indemnizar o readmitir a los cuatro demandantes. En el caso de ser readmitidos deberán de conservar las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, percibiendo además elos salarios que dejaron de cobrar desde la fecha de despido hasta la notificación de sentencia, que se produjo el lunes por la tarde.

En el caso de los trabajadores despedidos del establecimiento ubicado en la Plaza Martínez Anido, la empresa optó por pagar las indemnizaciones establecidas, aunque, como es posible que hagan en este caso, recurrieron la sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. A pesar de este recurso, y viendo las sentencias previas, el abogado de los trabajadores confirma que las previsiones son que el TSXG ratifique el pago de las indemnizaciones.