El juzgado obliga a tirar el edificio de la calle Real antes del 7 de julio

PONTEVEDRA CIUDAD

30 may 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El caso del edificio ilegal de la calle Real se complica para el equipo de gobierno de Caldas. Un auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra conocido ayer obliga al Ayuntamiento a demoler el inmueble ubicado en el número 57 antes del próximo 7 de julio. La orden de derribo de este edificio por incumplir la normativa del fondo edificable fue dictada hace tres años y medio.

La resolución, fechada el pasado 7 de mayo, tumba el informe del negociado de Urbanismo, que alegaba la incompatibilidad de la ejecución de la sentencia de derribo con la nueva normativa urbanística (PXOM) pendiente de aprobar. No obstante, el auto se puede recurrir.

Además de desestimar la solicitud del Concello, se impone al alcalde, el socialista Juan Manuel Rey, una nueva multa coercitiva de 1.200 euros, con la advertencia expresa de que, de no cumplir con la demolición, se le impondrán, con periodicidad mensual, multas de idéntica o superior cuantía. También se acuerda que si la Administración local no acredita haber completado la ejecución del fallo antes del 7 de julio, «se deducirá testimonio de particulares a fin de que se depuren las eventuales responsabilidades penales que la falta de ejecución de la sentencia pueda acarrear».

El argumento al que se agarraba el Ayuntamiento es que la ejecución del derribo plantea un problema de compatibilidad con las normas de protección del patrimonio histórico, artístico y arqueológico, ya que una de las fachadas del edificio cuya licencia (otorgada por el ex alcalde José María Tobío) fue anulada por la sentencia da frente a la rúa Real. Esta calle -añaden los informes municipales- forma parte a su vez del casco histórico y le es de aplicación la ordenanza número 1, particularmente protectora en las vigentes normas subsidiarias municipales de Caldas.

Sin embargo, en el auto se subraya que para declarar la inejecutabilidad de una sentencia de derribo es exigible el cumplimiento de varios trámites, que implican, en el supuesto de que las obras fueran legalizables conformes a las nuevas normas urbanísticas, no solo esa conformidad sino la concesión de la correspondiente licencia de legalización. Esa licencia tendría que haberse concedido con carácter previo a la solicitud de inejecutabilidad, algo que no hizo el Ayuntamiento.

El juzgado también da un tirón de orejas a la Administración local por el tiempo trascurrido desde que la sala confirmó la demolición en una orden dictada el 22 de noviembre del 2005.

Valoración de ICdR

El auto del juzgado fue desvelado ayer por el partido Independentes de Caldas (ICdR) en su página web. Su portavoz municipal, Fernando Pérez, calificó de «chapuza urbanística» el proceder del gobierno local en este asunto porque las consecuencias -apuntó- las van a pagar todos los vecinos.

El edil también se refirió a la nueva multa impuesta a Juan Manuel Rey. «Sobre todo estaremos especialmente vixiantes para que non se paguen con diñeiros públicos de todos os caldenses multas coercitivas persoais do alcalde -indicó Pérez Domínguez-. Primeiro estas multas son por non executar a sentenza e, polo tanto, son evitables, e segundo porque se impoñen ao alcalde e non ao Concello, posto que son persoais».

ICdR recordó que el edificio de la Promotora Caldense S.???L. está acabado y vacío debido a su situación judicial: «Agora péchase calquera solución de regularización, aínda que se aprobase o novo PXOM».