Dos años y cuatro meses de prisión por la muerte violenta del cíber de Marín

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

POIO

La sentencia castiga también con multas a un hijo de la víctima por la pelea que mantuvo con los hermanos de O Vao

17 oct 2023 . Actualizado a las 13:07 h.

La Audiencia de Pontevedra, a buen seguro, tendrá la última palabra en la causa judicial por la muerte violenta de José Manuel Piedras Miranda en un cíber de Marín. Y es que, según trascendió ayer, ya se han anunciado recursos contra la sentencia que ha condenado a los hermanos Salazar Jiménez por este suceso, así como también ha castigado al hijo del fallecido por las lesiones que ocasionó a sus agresores.

El Juzgado de lo Penal número dos de Pontevedra ha impuesto a Joaquín Salazar seis meses por un delito de lesiones y año y diez meses por un segundo cargo de homicidio imprudente. Además, tendrá que indemnizar con 255.000 euros a la mujer y cuatro hijos de la víctima.

Precisamente, uno de estos últimos, José Manuel Piedras Otero tendrá que abonar sendas multas de 240 euros por las lesiones de carácter leve que ocasionó a dos hermanos del agresor de su padre al pelearse con ellos. Tendrá que indemnizarles con 450 euros.

En el caso de Enrique Salazar Jiménez, se le impone una sanción económica de 240 euros por las heridas que causó en el transcurso de esta reyerta, multa que también recae sobre su hermano Joaquín por idénticos motivos.

Los hechos se remontan al 9 de febrero del 2016 cuando los acusados, junto con su hermano menor -ya condenado en la correspondiente jurisdicción- y un primo, acudieron al cíber con la intención de copiar un disco compacto. José Manuel Piedras Miranda se negó a hacer la copia, lo que derivó en una serie de insultos y amenazas que le llevaron a llamar a su hijo por teléfono.

Ya en el negocio, Piedras Otero instó a los acusados y a sus acompañantes, oriundos de O Vao (Poio), a abandonar el establecimiento. La situación derivó en una trifulca en la que se golpearon mutuamente -de ahí las condenas por delitos leves de lesiones-. En un momento dado, Joaquín Salazar alcanzó con un puñetazo el rostro del fallecido, quien se desplomó golpeándose la cabeza contra el suelo.

En la sentencia se refiere que, si bien su intención era golpear a Piedras Miranda, «no quería causarle la muerte». Se incide en que «creó un riesgo elevado al agredir a una persona que fue atacada sorpresivamente como se aprecia en el vídeo y, además, dando un golpe que preparó retrasando el brazo (...), circunstancias que permiten calificar la imprudencia de grave».

El juez no aprecia atenuantes de drogadicción y enfermedad mental, así como descarta la existencia de dilaciones indebidas.