Condenados por levantar a pulso cinco coches y cruzarlos en la PO-308

Alfredo López Penide
López Penide POIO / LA VOZ

POIO

CAPOTILLO

La sentencia considera que tal conducta menoscabó la seguridad del tráfico

01 mar 2018 . Actualizado a las 13:39 h.

Fue el colofón a una noche de juerga. El 21 de enero del 2012, tres jóvenes de Meaño, con edades comprendidas ente los 18 y los 23 años, junto con dos amigos de Sanxenxo de 20 y 21, salieron de Pontevedra en dirección a la villa turística a bordo de un Audi A3. Eran las dos y media de la mañana y el coche enfiló la PO-308.

Durante el trayecto no se les ocurrió mejor idea que detenerse de trecho en trecho para, tras apearse del turismo, «desplazar a mano varios vehículos que se encontraban estacionados, de modo que los colocaban en el carril de circulación». En uno de los casos, un Renault Clio, fue colocado a la salida de una curva.

De este modo, en la avenida de A Barca, cruzaron dos coches, mientras que en el entorno de la localidad de Combarro hicieron lo propio con otros tres. En todo momento la Justicia considera que actuaron «de común acuerdo y con el ánimo de menoscabar la seguridad del tráfico».

De hecho, en la sentencia condenatoria se incide en que «al ser de noche y debido al peligro que la ubicación de los vehículos suponía para el tráfico, la Guardia Civil se vio obligada a cortar el tráfico en la referida carretera». Se añade asimismo que tres de los coches sufrieron daños y desperfectos al ser desplazados a mano.

En todo caso, y dado el tiempo transcurrido, se les aplica una atenuante de dilaciones indebidas, que se suma a una segunda de reparación del daño causado. Y es que estos ya han sido abonados a los titulares de los coches.

Esto explica que en el caso del delito contra la seguridad vial por colocación de obstáculos imprevistos, los acusados tengan la opción de cumplir tres meses de prisión o, alternativamente, abonar una multa de novecientos euros y realizar cinco días de trabajo en beneficio de la comunidad. En ambos casos, se les descontarán los 150 euros que ya han pagado como sanción administrativa.

De igual modo, se les imponen otros cien euros por una falta de daños, que la Audiencia de Pontevedra sostiene que no ha prescrito porque va asociada al delito contra la seguridad vial.