Dos décadas esperando una respuesta

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

POIO

Reunión el pasado miércoles en el Concello de Poio para tratar de avanzar en el conflicto de lindes.
Reunión el pasado miércoles en el Concello de Poio para tratar de avanzar en el conflicto de lindes. L. P.< / span>

Este año se cumple el vigésimo aniversario de la sentencia del TSXG que ordenó a la Xunta iniciar los trámites para establecer los lindes entre Pontevedra y Poio

08 feb 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Fue en 1995, hace ahora veinte años, cuando la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenaba a la Xunta iniciar el expediente encaminado a determinar los lindes entre Pontevedra y Poio. La decisión se realizó a instancia de este último municipio que había visto como sus sucesivas peticiones ante la Administración autonómica recibían la callada por respuesta, lo que se conoce como silencio administrativo.

La resolución judicial, la única existente en toda esta larga polémica junto con la ratificación del Supremo del 2002 a los planteamientos del TSXG, pone de manifiesto, entre otras cuestiones, que ya entonces la capital provincial defendía que «el deslinde entre los ayuntamientos litigantes ha sido practicado en el año 1938» o que este «es el único existente y vigente». Se trata de un acta que algunas voces en el Concello de Poio han tratado de cuestionar al no aparecer la firma de ninguna autoridad municipal. Sin embargo, esta circunstancia, por sí sola, no lo invalidaría en ningún caso.

Los técnicos del Instituto Geográfico Nacional, el organismo que supervisó aquellos trámites, precisaron que está acreditado que el Ayuntamiento de Poio fue convenientemente informado de los trabajos topográficos que se iban a realizar, por lo que la ausencia de su rúbrica no invalida el contenido del documento al que se agarra Pontevedra.

Frente a esta tesis, la de Poio postula que los límites fueron fijados en 1889, una reclamación que también se recogía en el argumentario de su demanda ante el TSXG. Sin embargo, los magistrados coruñeses determinaron hace ya veinte años que, por aquel entonces, no era el momento de determinar cuál de las dos Administraciones tenía razón.

Es por ello que, además de obligar a la Xunta a iniciar el procedimiento que debería culminar con la concreción de la línea divisoria entre ambos términos municipales, se instaba a que confirmase o no si el deslinde era el establecido a finales del siglo XIX. Esta ratificación conllevaría irremediablemente «la anulación de órdenes, resoluciones o acuerdos posteriores sobre el particular emitidos sin aprobación» de Poio.

Uno de los aspectos que más benefician a este ayuntamiento es el hecho de que la jurisprudencia establece, por término general, que en caso de discrepancias prevalecen los deslindes anteriores en el tiempo. Sin embargo, esto no es aplicable a aquellos tramos o áreas geográficas en las que los límites son, hoy en día, ininterpretables.

De este modo, en el seno del Instituto Geográfico Nacional se reconoce que, siendo el de 1889 más antiguo que el de 1938, este último es más exacto. Así, en la elaboración de las actas de finales del XIX no intervino este organismo, por lo que se considera que «la expresión geométrica es muy pobre y, en algunos puntos, ininteligible». Además, no se realizó ningún levantamiento de características geográficas.

Posteriormente, en 1938, sí intervino el instituto, si bien por entonces tenía otra denominación. El acta firmada por el Concello de Pontevedra sí que va acompañada por un trabajo de topografía, si bien son muchas voces las que la consideran poco precisa o minuciosa. De hecho, algunas de estas imprecisiones pueden suponer divergencias de varias decenas de metros.

En todo caso, la idea base es que allá donde el deslinde de 1889 no sea interpretable se debe tirar del acta de 1938. Pontevedra sostiene que esto es lo que ocurre en el tramo comprendido donde hoy se ubican la Comandancia de la Guardia Civil o la cementera. De este modo, sustenta la tesis de que, tirando por lo establecido tras la Guerra Civil, la división discurre paralela al trazado de las vías del ferrocarril hasta las inmediaciones del poblado de O Vao, donde ya se retomaría la línea de 1889.

Poio, por su parte, insiste en que la división se tiene que establecer siguiendo el cauce del río Rons hasta su desembocadura en el Lérez, donde sitúan la piedra Pinela como mojón, y continuaría por la mitad del Lérez hasta el antiguo puente del ferrocarril, del que hoy solo se conservan unos pilares metálicos.

La disputa es por una treintena de hectáreas aproximadamente, en las que se estima pueden incluirse doscientas propiedades particulares, el parque municipal de los Bombeiros de Pontevedra, la sede de la Guardia Civil o la ya citada cementera. Asimismo, de fructificar las tesis de Poio, buena parte de las marismas de Alba pasaría a ser de su titularidad, una circunstancia con la que, tras la reunión del pasado jueves, ironizaron el alcalde Luciano Sobral y el concejal pontevedrés Vicente García Legísima. «O único é que si vai para Poio terán que gastar aí uns cartiños», apuntó este último, a lo que el regidor replicó con un «pedirémoslle colaboración a Pontevedra porque é quen as utiliza».